- Comunicado de prensa
- 15 de octubre de 2019
- 01:15
Mar Báltico: acuerdo del Consejo sobre los límites de capturas para 2020
El Consejo ha acordado hoy los totales admisibles de capturas (TAC) y las cuotas de los Estados miembros para el año próximo respecto de las diez poblaciones de peces con más importancia comercial del mar Báltico. Así, el acuerdo establece cuánto podrán pescar los pescadores europeos y en qué condiciones.
Siguiendo los últimos dictámenes científicos que subrayan las malas condiciones del mar Báltico, el Consejo ha decidido reducir las posibilidades de pesca para la mayoría de las poblaciones de peces. Únicamente se han aumentado ligeramente los TAC para el arenque en el golfo de Riga y se han mantenido para el salmón en el golfo de Finlandia.
La reducción ha sido especialmente significativa para el bacalao, con una disminución del 60 % en la parte occidental del mar Báltico y la autorización para efectuar capturas accesorias solo en la parte oriental.
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Se han tenido que tomar algunas decisiones valientes para poder preservar la salud de las poblaciones del mar Báltico y la sostenibilidad a largo plazo de la pesca en la zona. El acuerdo de hoy no solo permite que se recuperen las poblaciones de peces, sino que también ayuda a mitigar los efectos socioeconómicos para los pescadores de la UE.
Jari Leppä, ministro de Agricultura y Bosques de Finlandia y presidente del Consejo
El acuerdo en detalle
Sobre la base de una propuesta de la Comisión, las cantidades acordadas tienen en cuenta el compromiso de alcanzar los objetivos establecidos en la política pesquera común (PPC), como la consecución del rendimiento máximo sostenible (RMS), así como los dictámenes científicos, en particular los del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). También se han tenido plenamente en cuenta las disposiciones del plan de gestión plurianual para el mar Báltico.
Además de establecer los TAC y las cuotas nacionales para algunas especies, el Consejo ha acordado medidas adicionales para las poblaciones de bacalao, como:
- límites más estrictos para la pesca recreativa (limitaciones individuales de cinco ejemplares por pescador y día como norma general);
- temporadas de veda más largas en las subdivisiones 25 y 26 (del 1 de mayo al 31 de agosto), 22 y 23 (del 1 de febrero al 31 de marzo) y 24 (del 1 de junio al 31 de julio).
Dado que las grandes reducciones acordadas de las posibilidades de pesca tendrán consecuencias socioeconómicas negativas para las pesquerías afectadas, los Estados miembros del mar Báltico y la Comisión han destacado la importancia de garantizar una gestión adecuada de la crisis.
Los trabajos preparatorios que han permitido alcanzar rápidamente un acuerdo se llevaron a cabo a escala regional a través de BALTFISH, un organismo actualmente presidido por Finlandia que ofrece un foro para debatir sobre importantes cuestiones en el ámbito de la pesca en el mar Báltico.
Siguientes etapas
Este punto será adoptado formalmente por el Consejo mediante procedimiento escrito.
Contexto
Los debates de hoy han partido de una propuesta de la Comisión que tiene como base jurídica el artículo 43, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Según este artículo, el Consejo adoptará las medidas relativas a la fijación y el reparto de las posibilidades de pesca en el marco de la política pesquera común. Por consiguiente, para la adopción de este Reglamento no son necesarios ni la participación del Parlamento Europeo ni el dictamen del Comité Económico y Social.
- Propuesta de la Comisión 11814/19
- Adenda de la propuesta de la Comisión 11814/19 ADD 1
- Plan plurianual de gestión pesquera para el mar Báltico
- Fijación de límites de capturas y cuotas
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