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Sanciones de la UE contra Irán

La UE condena las violaciones de los derechos humanos en Irán, así como las actividades de proliferación nuclear del país y su apoyo militar a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania. La UE ha adoptado una serie de sanciones a este respecto.

Represión y violaciones de los derechos humanos en Irán

La UE ha condenado reiteradamente las graves violaciones de los derechos humanos en Irán, como la muerte bajo custodia policial de Mahsa Amini, de 22 años de edad, en septiembre de 2022; la ejecución de ciudadanos con doble nacionalidad de la UE e iraní en 2023 y 2024; la detención de defensores de los derechos humanos, incluido el premio Nobel de la Paz Narges Mohammadi; y las muertes durante las protestas de enero de 2026.

La UE apoya las aspiraciones fundamentales del pueblo iraní de un futuro en el que se respeten, protejan y satisfagan sus derechos humanos universales y sus libertades fundamentales.

La Unión Europea condena enérgicamente:

  • el uso generalizado, brutal y desproporcionado de la fuerza por parte de las autoridades iraníes contra manifestantes pacíficos;
  • las detenciones arbitrarias como medio para silenciar las voces críticas;
  • el recurso a la tortura y a tratos crueles, inhumanos y degradantes en las cárceles iraníes, del que son víctimas las personas detenidas;
  • la práctica de imponer penas de muerte a manifestantes y de ejecutar dichas penas;
  • las restricciones a las comunicaciones, en particular las desconexiones de internet.

Deben garantizarse el derecho de reunión pacífica y el derecho a la libertad de expresión, incluida la libertad de buscar, recibir y compartir información e ideas, tanto en línea como fuera de internet.

La UE pide a Irán que elimine, en la legislación y en la práctica, toda forma de discriminación sistémica contra las mujeres y las niñas, tanto en la vida pública como en la vida privada, que adopte medidas con perspectiva de género para prevenir la violencia sexual y de género en todas sus formas contra las mujeres y las niñas y que garantice la protección frente a dicha violencia.

La UE insta a las autoridades iraníes a cumplir sus obligaciones contraídas en virtud del Derecho internacional y exige que los autores de actos de violencia y violaciones de los derechos humanos rindan cuentas.

Últimas declaraciones de la UE sobre los derechos humanos en Irán:

Sanciones en respuesta a las violaciones de los derechos humanos en Irán

En 2011, la UE estableció un régimen de sanciones contra Irán en respuesta a las graves violaciones de los derechos humanos en el país. Desde entonces, las sanciones se renuevan anualmente, y se prorrogaron por última vez hasta el 13 de abril de 2027.

Desde octubre de 2022, en vista del deterioro de la situación de los derechos humanos en el país, la UE ha aumentado drásticamente las sanciones.

Las sanciones motivadas por las violaciones de los derechos humanos en Irán consisten en:

  • la prohibición de entrada en el territorio de la Unión Europea en el caso de las personas;
  • la inmovilización de activos en el caso de las personas y las entidades;
  • la prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición de las personas y entidades incluidas en la lista;
  • la prohibición de vender, suministrar, transferir o exportar a Irán equipos que puedan ser utilizados con fines de represión interna;
  • la prohibición de prestar asistencia técnica, servicios de corretaje o financiación a cualquier persona u organismo sitos en Irán o para su uso en Irán (en caso de que puedan ser utilizados en relación con la represión interna);
  • la prohibición de prestar servicios de control o de interceptación de telecomunicaciones o de internet a Irán.
Una mujer con el brazo levantado en un gesto de empoderamiento, enmarcada en un fondo con patrones geométricos persas en tonos verdes.

Entre las personas sancionadas figuran:

  • diputados al Parlamento iraní;
  • el ministro del Interior, Eskandar Momeni;
  • el ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Issa Zarepour;
  • gobernadores y políticos locales;
  • miembros de las fuerzas de seguridad iraníes;
  • miembros del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica;
  • miembros de la Fuerza Disciplinaria de Irán;
  • la unidad que arrestó de manera arbitraria a Mahsa Amini;
  • altos funcionarios y personal militar de alta graduación;
  • mandos y agentes de la policía;
  • directores y responsables de prisiones;
  • el fiscal general y otros miembros del poder judicial;
  • miembros del Consejo Supremo del Ciberespacio.

Entre las entidades sancionadas figuran:

  • el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica;
  • el Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura y de Orientación Islámica de Irán;
  • la Policía de la Moral de Irán;
  • la Fuerza Disciplinaria;
  • el Consejo Supremo de la Revolución Cultural;
  • el Consejo Supremo del Ciberespacio;
  • prisiones;
  • el organismo estatal de radiodifusión televisiva Press TV;
  • agencias de noticias;
  • proveedores de servicios móviles;
  • empresas de software y TI;
  • la Autoridad Reguladora del Sector Audiovisual de Irán;
  • entidades implicadas en actividades de censura, campañas de troleo en las redes sociales y difusión de desinformación.

Inclusión en la lista del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica

Tras el acuerdo político alcanzado por el Consejo de Asuntos Exteriores el 29 de enero de 2026, el Consejo decidió el 19 de febrero de 2026 incluir al Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica de Irán en la lista como organización terrorista.

Por lo tanto, esta entidad que está sujeta a medidas restrictivas en el marco del régimen de sanciones contra el terrorismo, lo que significa que:

  • se inmovilizan todos los fondos y otros activos financieros o recursos económicos del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica en los Estados miembros de la UE;
  • se prohíbe a los operadores de la UE poner fondos y recursos económicos a disposición del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica.

El apoyo de Irán a la guerra de Rusia contra Ucrania

La Unión Europea condena enérgicamente y considera inaceptable cualquier tipo de apoyo militar prestado por Irán, concretamente el suministro de vehículos aéreos no tripulados (también conocidos como «drones»), a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

Estas armas que suministra Irán están siendo utilizadas indiscriminadamente por Rusia contra la población civil y las infraestructuras ucranianas, causando gran destrucción y sufrimiento humano.

La UE también condena el apoyo militar de Irán a grupos armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo.

Sanciones en respuesta a la participación de Irán en la guerra de Rusia contra Ucrania

El Consejo impuso en 2022 y 2023 tres paquetes de sanciones relacionadas con los drones a personas o entidades iraníes en virtud del régimen de sanciones aplicable a acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

El 20 de julio de 2023, el Consejo estableció un marco específico para la adopción de sanciones habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

El ámbito de aplicación del marco se amplió el 14 de mayo de 2024, en vista del apoyo militar de Irán a grupos armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo y de los ataques con drones y misiles efectuados por Irán contra Israel en abril de 2024.

La UE puede emprender acciones contra las personas y entidades que suministren, vendan o transfieran misiles y drones de Irán, así como componentes utilizados en el desarrollo y la producción de misiles y drones:

  • utilizados para apoyar la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania;
  • utilizados por grupos y entidades armados para socavar la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo;
  • que infrinjan la Resolución 2216 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Las sanciones consisten en:

  • la prohibición de entrada en el territorio de la Unión Europea en el caso de las personas,
  • la inmovilización de activos en el caso de las personas y las entidades,
  • la prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición de las personas y entidades incluidas en la lista.

La UE también ha introducido una prohibición de transacciones con dos puertos que son propiedad de personas y entidades sancionadas, o que estas explotan o controlan, o que se utilizan para la transferencia de drones, misiles o tecnología conexa iraníes y sus componentes a Rusia.

Entre las personas y entidades sancionadas figuran empresas que fabrican, compran y venden componentes para drones, empresas que participan en la producción de propulsantes utilizados para lanzar cohetes y misiles, empresas navieras y comerciales, la Armada del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica, la Compañía de Transporte Marítimo de la República Islámica de Irán, las compañías aéreas iraníes y el ministro y el viceministro de Defensa de Irán.

Actualmente, 26 personas y 27 entidades son objeto de sanciones en virtud de este régimen.

El régimen de sanciones se prorrogó por última vez hasta el 27 de julio de 2026.

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Libertad de navegación en el estrecho de Ormuz

La UE insta a todas las partes implicadas a que respeten plenamente el alto el fuego en toda la región de Oriente Próximo, pongan término a todas las operaciones militares y garanticen absolutamente la libertad de navegación, así como el paso libre y seguro por el estrecho de Ormuz, en consonancia con el Derecho internacional del que se hace eco la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Las acciones de Irán contra los buques que transitan por el estrecho de Ormuz son contrarias al Derecho internacional. Estas acciones vulneran los derechos establecidos de tránsito y paso inocente por estrechos internacionales.

Sanciones en respuesta a las acciones de Irán en el estrecho de Ormuz

El 22 de mayo de 2026, el Consejo decidió ampliar el ámbito de aplicación de las sanciones de la UE, establecidas en un principio para hacer frente al apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, dirigidas también a diversos grupos armados en Oriente Próximo y el mar Rojo.

En virtud de este régimen de sanciones, la UE ha sancionado a dos personas y una entidad implicadas en las acciones y políticas de Irán que amenazan la libertad de navegación en el estrecho de Ormuz.

Actividades de proliferación nuclear de Irán

En las Conclusiones del Consejo Europeo de 26 de junio de 2025, la Unión Europea reiteró su clara determinación en cuanto a que nunca se debe permitir que Irán adquiera armas nucleares, y recordó los compromisos de Irán a este respecto y sus obligaciones internacionales.

La Unión Europea expresó su profunda preocupación por los sucesivos informes del Organismo Internacional de Energía Atómica que documentan la alarmante aceleración del programa nuclear iraní, algo que constituye una retirada radical de los compromisos contraídos por el país en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto, en particular en lo referente a la expansión de su capacidad de enriquecimiento nuclear y de su producción de uranio altamente enriquecido.

Las acciones de Irán, que no tienen un propósito civil creíble, conllevan riesgos muy importantes relacionados con la proliferación.

La Unión Europea instó encarecidamente a Irán a que revirtiera su alarmante trayectoria nuclear, volviera a cumplir sin más demora sus compromisos políticos en el ámbito de la no proliferación nuclear y reanudara todas las medidas de supervisión y verificación relacionadas con el Plan de Acción Integral Conjunto, en particular las establecidas en su Protocolo adicional.

El objeto de las sanciones de las Naciones Unidas y de la UE contra Irán es convencer a Irán de que cumpla sus obligaciones.

Sanciones en respuesta a la proliferación nuclear de Irán

Sanciones de las Naciones Unidas

Desde 2006, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha adoptado varias Resoluciones en las que se exige a Irán que deje de enriquecer uranio con fines de proliferación nuclear y que se han ido acompañando progresivamente de sanciones para persuadir al país de que cumpla este requerimiento.

La UE aplica las sanciones de las Naciones Unidas mediante la adopción de actos jurídicos de la UE.

Sanciones de la UE

Además de aplicar las sanciones de las Naciones Unidas, la UE ha impuesto a Irán numerosas y diversas sanciones propias. Entre estas medidas relativas a las actividades de proliferación nuclear de Irán figuran:

  • la prohibición de entrada en el territorio de la Unión Europea en el caso de las personas,
  • la inmovilización de activos en el caso de las personas y las entidades,
  • la prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición de las personas y entidades incluidas en la lista.

Además, las medidas incluyen sanciones económicas y financieras que abarcan los sectores comercial, financiero y del transporte.

Las sanciones en el sector del comercio consisten en:

  • la prohibición de exportar armas a Irán;
  • la prohibición de exportar bienes de doble uso y bienes que puedan utilizarse en actividades relacionadas con el enriquecimiento en el ámbito nuclear;
  • la prohibición de importar petróleo crudo, gas natural y productos petroquímicos y derivados del petróleo;
  • la prohibición de vender o suministrar equipos clave utilizados en el sector de la energía;
  • la prohibición de vender o suministrar oro, otros metales preciosos y diamantes;
  • la prohibición de vender o suministrar determinados equipos navales;
  • la prohibición de vender o suministrar determinados programas informáticos.

Entre las sanciones aplicables al sector financiero figuran:

  • la inmovilización de los activos del Banco Central de Irán y de los principales bancos comerciales iraníes;
  • el establecimiento de mecanismos de notificación y autorización aplicables a las transferencias de fondos superiores a determinados importes a las instituciones financieras iraníes.

Las sanciones en el sector del transporte consisten en:

  • impedir el acceso de los vuelos de carga iraníes a los aeropuertos de la UE;
  • la prohibición de ocuparse del mantenimiento de las aeronaves de carga o los cargueros iraníes que transporten materiales o bienes prohibidos.

Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC)

El 14 de julio de 2015, Irán y el E3/UE+3 alcanzaron un acuerdo sobre un Plan de Acción Integral Conjunto. En el plan se establecían una serie de pasos para los años subsiguientes con el fin de asegurarse de que el programa nuclear de Irán tuviera fines exclusivamente pacíficos.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 2231 (2015) relativa al Plan de Acción Integral Conjunto en julio de 2015. En la Resolución:

  • se refrendaba el PAIC,
  • se permitían ciertas exenciones a sanciones vigentes,
  • se definían el programa y los compromisos que todas las partes debían asumir para llegar a poner fin a las sanciones contra Irán.

El 16 de enero de 2016 (fecha de aplicación del acuerdo), las Naciones Unidas levantaron algunas de sus sanciones en materia nuclear, conforme a lo establecido en la Resolución 2231 (2015), y el Consejo levantó todas las sanciones económicas y financieras en materia nuclear de la UE contra Irán. Pero algunas restricciones seguían en vigor.

En vista del incumplimiento por parte de Irán de sus compromisos con arreglo al PAIC, el Consejo decidió el 18 de octubre de 2023 mantener las sanciones de la UE relacionadas con la proliferación que estaba previsto levantar en la fecha de transición del acuerdo.

El 29 de septiembre de 2025, el Consejo decidió volver a imponer todas las sanciones económicas y financieras de la UE en materia nuclear contra Irán que se habían levantado en 2016. La decisión se tomó después de que las Naciones Unidas restablecieran sus sanciones a raíz de la decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de no prorrogar el levantamiento de las sanciones contra Irán.

Misiles marcados con un símbolo de radiación, una nube ascendente con forma de hongo y una señal de prohibición roja.
Acuerdo sobre el programa nuclear de Irán

Acuerdo sobre el programa nuclear de Irán

Véase también

Posición de la UE sobre la situación en Oriente Próximo

Posición de la UE sobre la situación en Oriente Próximo

Un papel con líneas abstractas.
Cronología – Últimos acontecimientos en Irán y Oriente Próximo

Cronología – Últimos acontecimientos en Irán y Oriente Próximo

Dos personas con trajes de protección junto a un barril amarillo y al vertido de una sustancia, una señal de stop y un símbolo de radiación superpuestos.
Eliminación de las armas químicas

Eliminación de las armas químicas

Última revisión: 8 de junio de 2026