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Reglamento «ómnibus»: normativa sobre agricultura

En síntesis

El 11 de diciembre de 2017, el Consejo de Agricultura y Pesca adoptó la parte agrícola del Reglamento «ómnibus» tras el acuerdo informal alcanzado con el Parlamento Europeo el 12 de octubre.

El 1 de enero de 2018 entraron en vigor estas mejoras técnicas introducidas en la política agrícola común (PAC).

La parte agrícola del Reglamento «ómnibus» modifica los cuatro Reglamentos de la PAC:

  • pagos directos
  • desarrollo rural
  • organización común de mercados y
  • Reglamento horizontal.

En detalle

Estos son algunos de los cambios fundamentales:

  • Pagos directos: se han modificado las normas sobre pastos permanentes para ofrecer más flexibilidad a los Estados miembros. También se simplificarán algunos elementos de la ecologización. Además, la diferenciación entre agricultores activos y agricultores no activos será opcional, de manera que los Estados miembros en los que haya dado lugar a una carga administrativa excesiva podrán dejar de aplicarla.

  • Desarrollo rural: las medidas de gestión de riesgos pasarán a ser más atractivas, ya que se rebajan algunos umbrales mientras que se incrementan los porcentajes de ayuda. También se simplificará el uso de los instrumentos financieros.

  • Organización común de los mercados: algunas de las facultades de las organizaciones de productores, como la planificación de la producción, la optimización de los costes de producción, la comercialización y la negociación de contratos de suministro de productos agrícolas en nombre de sus miembros se ampliarán a todos los sectores, con el objetivo de mejorar la posición de los agricultores en la cadena de suministro. Estas facultades ya existen en sectores como el del aceite de oliva, la carne de vacuno o los cultivos herbáceos. La opción de negociar colectivamente cláusulas de reparto de valor en los contratos se hará extensiva a otros sectores además del azucarero y tendrá carácter voluntario.

Antecedentes

El Reglamento sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, el denominado Reglamento «ómnibus», se publicó en septiembre de 2016 como parte del paquete legislativo de revisión del marco financiero plurianual. Incluía cambios aplicables a los cuatro Reglamentos de base de la política agrícola común con el objetivo de simplificar más esta política en beneficio tanto de los agricultores como de las autoridades nacionales.

La propuesta «ómnibus» constituyó la segunda fase del proceso de simplificación de la PAC y fue consecuencia de una serie de medidas de simplificación adoptadas mediante modificaciones de directrices y actos delegados y de ejecución de la Comisión.

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario, la propuesta «ómnibus» tuvo que ser aprobada tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo.

En el Consejo, la parte agrícola de la propuesta «ómnibus» fue debatida en varias ocasiones por el Comité Especial de Agricultura (CEA) y por el Consejo de Agricultura y Pesca.

El 10 de abril de 2017, el CEA acordó su posición, que a continuación se envió a los representantes permanentes ante la UE reunidos en el Coreper.

El 28 de junio de 2017, el Coreper acordó el mandato de negociación del Consejo sobre la totalidad de la propuesta «ómnibus» y dio su visto bueno a la Presidencia para que iniciara las conversaciones con el Parlamento Europeo.

Los diálogos tripartitos entre la Presidencia del Consejo y los representantes del Parlamento y la Comisión celebrados durante el segundo semestre de 2017 condujeron a un acuerdo preliminar alcanzado el 12 de octubre.

El 16 de octubre de 2017, los Estados miembros representados en el Comité Especial de Agricultura refrendaron el acuerdo sobre la parte agrícola del llamado Reglamento «ómnibus».