El Consejo de la Unión Europea
El Consejo de la UE es el lugar en el que se reúnen los ministros de cada país de la UE para negociar y adoptar los actos legislativos de la Unión.
Noticias destacadas
- 15 de julio de 2026
Se prorroga hasta 2028 la protección temporal para las personas que huyen de Ucrania
Los países de la UE han alcanzado un acuerdo para prorrogar la protección temporal para las personas que huyen de Ucrania hasta el 4 de marzo de 2028, reiterando el compromiso de la UE de apoyar a Ucrania y proporcionando seguridad para los que huyen de la guerra de Rusia.
Irlanda ocupa actualmente la Presidencia del Consejo
Irlanda ejerce la Presidencia del Consejo hasta el 31 de diciembre de 2026. Es la octava vez que el país está al frente del Consejo, esta vez como parte de un Trío de Presidencias con Lituania y Grecia. La Presidencia irlandesa se guiará por el principio «La unión hace la fuerza».
Qué hace el Consejo
El Consejo de la Unión Europea (a menudo denominado simplemente «el Consejo») reúne a los ministros de los Gobiernos de los 27 Estados miembros de la UE. La principal función del Consejo es legislar.
También adopta el presupuesto de la UE, coordina políticas, celebra acuerdos internacionales en nombre de la UE y desarrolla la política exterior y de seguridad de la UE.
El Consejo de la UE es una sola entidad jurídica. Sin embargo, en la práctica, los ministros se reúnen en el Consejo en diferentes grupos temáticos, denominados «formaciones del Consejo».
Ámbitos de trabajo
-
Consejo de Agricultura y Pesca
-
Consejo de Asuntos Económicos y Financieros
-
Consejo de Asuntos Exteriores
-
Consejo de Asuntos Generales
-
Consejo de Competitividad
-
Consejo de Educación, Juventud, Cultura y Deporte
-
Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores
-
Consejo de Justicia y Asuntos de Interior
-
Consejo de Medio Ambiente
-
Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía
Sesiones del Consejo
Cómo funciona el Consejo
Los ministros de los Gobiernos nacionales adoptan actos legislativos de la UE en las sesiones del Consejo. Antes de que los ministros de los Estados miembros voten sobre una cuestión, inicialmente la estudian y debaten los órganos preparatorios del Consejo. Para la mayoría de los actos legislativos, el Consejo decide conjuntamente con el Parlamento Europeo mediante el procedimiento legislativo ordinario.
La Presidencia del Consejo de la UE, que rota cada seis meses de un país de la UE al siguiente de turno, se encarga de impulsar los trabajos del Consejo.
Todos los puntos pasan por los órganos preparatorios (los grupos de trabajo y el Coreper) antes de que los ministros adopten una decisión al respecto.
El Consejo actúa como colegislador con el Parlamento Europeo en la mayoría de los ámbitos y toma decisiones para expresar posiciones políticas.
El Consejo utiliza tres tipos distintos de sistema de votación en función del tema: mayoría cualificada, mayoría simple y unanimidad. En la mayor parte de los casos se utiliza la mayoría cualificada.
La Presidencia del Consejo establece el orden del día e impulsa los trabajos del Consejo. La Presidencia rota cada seis meses de un país de la UE al siguiente de turno.
Cada año se celebran, por término medio, más de 4 000 reuniones en los distintos niveles del Consejo. Entre 70 y 80 de ellas son reuniones ministeriales. Las reuniones ministeriales se celebran en su mayoría en Bruselas, excepto durante los meses de abril, junio y octubre, que se celebran en Luxemburgo.
Historia
Los hitos del Consejo, desde su creación hasta la actualidad:
-
1958
25 de eneroNace el Consejo
Se celebra la primera reunión del Consejo de la Comunidad Económica Europea bajo la presidencia del ministro belga de Asuntos Exteriores.
-
1993
1 de noviembreEl Tratado de Maastricht
El Tratado de Maastricht contempla la creación de nuevos ámbitos políticos, como la política exterior y de seguridad común y la justicia y los asuntos de interior.
-
2009
1 de diciembreEl Tratado de Lisboa
El recurso a la votación por mayoría cualificada para la toma de decisiones en el Consejo se amplía en virtud del Tratado de Lisboa.