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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 18 de marzo de 2025 12:30

Declaración de la Alta Representante de la UE sobre la adhesión de determinados terceros países a la Decisión del Consejo relativa a medidas restrictivas como respuesta a la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol

El 24 de febrero de 2025, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/3971.

La Decisión (PESC) 2025/397 impone restricciones a los servicios que faciliten la ocupación ilegal de Crimea y Sebastopol por parte de Rusia y que permitan a los agentes económicos integrarse en el sistema jurídico y financiero ruso, principalmente en lo que se refiere a la prestación, en Crimea y Sebastopol, de servicios de contabilidad, auditoría, teneduría de libros, asesoría fiscal, consultoría empresarial y de gestión, relaciones públicas, construcción, arquitectura, ingeniería, asesoramiento jurídico, consultoría informática, investigación de mercados y encuestas de opinión pública, ensayos y análisis técnicos y publicidad. También prohíbe el suministro a Crimea y Sebastopol de determinados programas informáticos de gestión de empresas y programas informáticos de diseño y fabricación industriales, así como de los derechos de propiedad intelectual o secretos comerciales conexos. Además, la Decisión prohíbe el suministro a Crimea y Sebastopol de billetes denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro y restringe asimismo la exportación a Crimea y Sebastopol de determinados bienes y tecnología que están igualmente restringidos por la Decisión 2014/512/PESC.

Se suman a la Decisión del Consejo Albania, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Montenegro, Noruega, la República de Moldavia y Ucrania.

Dichos países velarán por que sus políticas nacionales se ajusten a la citada Decisión del Consejo.

La Unión Europea toma nota de este compromiso y lo celebra.


1 DO L, 2025/397, 24.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/397/oj.

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Última revisión: 19 de marzo de 2025