- Consejo de la Unión Europea
- Comunicado de prensa
- 19 de marzo de 2025 12:05
Declaración de la Alta Representante, en nombre de la UE, sobre la adhesión de determinados terceros países a la Decisión del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
El 24 de febrero de 2025, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2025/4061.
El Consejo decidió que debe suspenderse una serie de medidas restrictivas, que deben introducirse determinadas excepciones y que debe suprimirse la referencia a una fecha de expiración de la exención humanitaria, tal como se indica en la Decisión (PESC) 2024/1496 del Consejo. El Consejo decidió asimismo que deben suprimirse seis entidades de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos a los que se aplica la congelación de fondos y recursos económicos y la prohibición de poner fondos o recursos económicos a su disposición, y que los activos de una de esas entidades deben permanecer inmovilizados.
Se suman a la Decisión del Consejo Albania, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Montenegro, Noruega, la República de Moldavia, Serbia y Ucrania.
Dichos países velarán por que sus políticas nacionales se ajusten a la citada Decisión del Consejo.
La Unión Europea toma nota de este compromiso y lo celebra.
1 DO L, 2025/406, 25.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/406/oj.
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Última revisión: 20 de marzo de 2025