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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 6 de abril de 2020 16:04

Declaración del Alto Representante, en nombre de la Unión Europea, sobre la adhesión de determinados terceros países a las medidas restrictivas contra Siria

El 17 de febrero de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/212[1] por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC del Consejo.

La Decisión del Consejo añade a ocho personas físicas y dos entidades a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I de la Decisión 2013/255/PESC.

Se suman a esta Decisión la República de Macedonia del Norte, Montenegro, Serbia y Albania, países candidatos[2]Islandia, Liechtenstein y Noruega, países de la AELC miembros del Espacio Económico Europeo; así como Ucrania, la República de Moldavia y Georgia.

Dichos países velarán por que sus políticas nacionales se ajusten a la citada Decisión del Consejo.

La Unión Europea toma nota de este compromiso y lo celebra.


[1]Publicada el 17.2.2020 en el Diario Oficial de la Unión Europea n.° L 43 I, p. 6.

[2] La República de Macedonia del Norte, Montenegro, Serbia y Albania siguen formando parte del Proceso de Estabilización y Asociación.

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Última revisión: 1 de febrero de 2024