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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 9 de diciembre de 2025 02:37

El Consejo y el Parlamento llegan a un acuerdo para simplificar los requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y diligencia debida e impulsar la competitividad de la UE

En el día de hoy, la presidencia del Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para simplificar los requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y diligencia debida e impulsar la competitividad de la UE El acuerdo simplifica la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, reduciendo la carga de presentación de información y restringiendo el efecto de goteo de las obligaciones para las empresas más pequeñas.

<p>Marie Bjerre, ministra de Asuntos Europeos de Dinamarca</p>

Hoy hemos cumplido nuestra promesa de eliminar cargas y normas e impulsar la competitividad de la UE. Es este un paso decisivo hacia nuestro objetivo común de crear un entorno empresarial más favorable para ayudar a nuestras empresas a crecer e innovar.

<p>Marie Bjerre, ministra de Asuntos Europeos de Dinamarca</p>

Marie Bjerre, ministra de Asuntos Europeos de Dinamarca

<p>Morten Bødskov, ministro de Industria y Comercio de Dinamarca</p>

Desde hace años, las empresas europeas hacen frente a una oleada tras otra de trámites burocráticos. Ello ha ralentizado la inversión ecológica y ha debilitado nuestra competitividad. Ahora vamos a dar un paso grande e importante en la dirección correcta. Con unas normas claras y sencillas, las empresas pueden centrarse en su actividad principal, de modo que logremos una mejor relación calidad-precio en la transición ecológica, creemos empleo europeo y reforcemos la capacidad de las empresas para crecer e invertir. La Presidencia danesa ha obrado para obtener este resultado y estamos manteniendo el ritmo.

<p>Morten Bødskov, ministro de Industria y Comercio de Dinamarca</p>

Morten Bødskov, ministro de Industria y Comercio de Dinamarca

Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad

En cuanto a la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, la Comisión propuso aumentar el umbral de empleados a 1000 empleados y eliminar del ámbito de aplicación de la Directiva a las pymes cotizadas. En el acuerdo provisional, los colegisladores añadieron un umbral de volumen de negocios neto superior a 450 millones de euros para aliviar aún más la carga de información que pesa sobre las empresas.

Los colegisladores acordaron asimismo eximir a las empresas de participación financiera del ámbito de aplicación de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad y acordar una exención transitoria para las empresas que tuvieron que empezar a presentar información a partir del ejercicio 2024 (las denominadas empresas de la «primera oleada») que quedaron fuera del ámbito de aplicación para 2025 y 2026.

Por último, el acuerdo provisional dispone una cláusula de revisión relativa a una posible ampliación del ámbito de aplicación tanto de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad como de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.

Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad

Aunque la propuesta de la Comisión no incluía el ámbito de aplicación de la Directiva, el acuerdo provisional aumenta los umbrales a 5 000 empleados y a 1 500 millones de euros de volumen de negocios neto. Los colegisladores consideran que, estas empresas de gran tamaño son las que tienen la mayor influencia en su cadena de valor y están mejor equipadas para causar un impacto positivo y absorber los costes y cargas de los procesos de diligencia debida.

Detección y evaluación de los efectos adversos reales y potenciales

La propuesta de la Comisión limita la ulterior evaluación de la fase de identificación a las propias operaciones de la empresa, a las de sus filiales y a las de sus socios comerciales directos. El acuerdo provisional elimina esta limitación. A cambio, las empresas podrán centrarse en aquellos ámbitos de sus cadenas de actividades en los que es más probable que se produzcan efectos adversos reales y potenciales. Para dar flexibilidad a las empresas, cuando una empresa haya observado efectos adversos igualmente probables o igualmente graves en varios ámbitos, se le otorga la capacidad de dar prioridad a la evaluación de los efectos adversos en los que participen socios comerciales directos. Además, las empresas ya no deben estar obligadas a llevar a cabo un ejercicio de análisis exhaustivo, sino que deben llevar a cabo un ejercicio exploratorio más general. Se supone que las empresas basan sus esfuerzos en la información razonablemente disponible, lo que reducirá el efecto de goteo de las solicitudes de información sobre los socios comerciales más pequeños.

Planes de transición climática

Para aliviar significativamente la carga, se ha suprimido la obligación de las empresas de adoptar un plan de transición para la mitigación del cambio climático.

Responsabilidad civil, sanciones y transposición

El acuerdo provisional suprime el régimen armonizado de responsabilidad civil y la obligación de que los Estados miembros garanticen que las normas de responsabilidad civil sean de aplicación imperativa y prevalente en aquellos casos en los que la ley aplicable no sea el Derecho nacional del Estado miembro. Se ha incluido una cláusula de revisión sobre la necesidad de un régimen armonizado de responsabilidad civil a escala de la UE.

En lo que respecta a las sanciones, los colegisladores acordaron un límite máximo del 3 % del volumen de negocios mundial neto de la empresa y la Comisión publicó las directrices necesarias a este respecto.

Por último, el acuerdo provisional aplaza un año más el plazo de transposición de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, hasta el 26 de julio de 2028. Las empresas tendrán que cumplir las nuevas medidas a más tardar en julio de 2029.

Siguientes etapas

El acuerdo provisional debe ser refrendado por el Consejo y por el Parlamento Europeo antes de que sea adoptado formalmente por las dos instituciones.

Antecedentes

En octubre de 2024, el Consejo Europeo instó a todas las instituciones de la UE, los Estados miembros y las partes interesadas a que, con carácter prioritario, avanzasen los trabajos para dar respuesta especialmente a los retos que se señalan en los informes de Enrico Letta (Much more than a market [Mucho más que un mercado]) y Mario Draghi (The future of European competitiveness [El futuro de la competitividad europea]). Posteriormente, la Declaración de Budapest, de 8 de noviembre de 2024, hizo un llamamiento para «iniciar una revolución de la simplificación», con el objetivo de ofrecer a las empresas un marco normativo claro, sencillo e inteligente y reducir drásticamente las cargas administrativas, normativas y de presentación de información, especialmente para las pymes.

El 26 de febrero de 2025, como actuación consecutiva al llamamiento de los dirigentes de la UE, la Comisión presentó dos paquetes ómnibus destinados a simplificar la legislación vigente en los ámbitos de la sostenibilidad y la inversión, respectivamente. El 20 de marzo de 2025, los dirigentes instaron a los colegisladores a que impulsasen los trabajos sobre dichos paquetes de simplificación «ómnibus» con carácter prioritario y con un alto nivel de ambición, con vistas a ultimarlos lo antes posible en 2025.

En esa ocasión, el Consejo Europeo pidió específicamente a los colegisladores que adoptaran el mecanismo de suspensión temporal sin demora, a más tardar en junio de 2025. El 14 de abril de 2025, el Consejo adoptó el mecanismo y pospuso dos años la entrada en vigor de los requisitos de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad para las grandes empresas que aún no hubieran empezado a presentar información, así como para las pymes cotizadas, y pospuso un año el plazo de transposición y la primera fase de la aplicación (que abarca a las empresas de mayor tamaño) de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.

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Última revisión: 16 de diciembre de 2025