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Cronología: el artículo 7 hasta el momento

  • 2024

    • mayo

      Fin del procedimiento contra Polonia

      Tras varios debates sobre la situación y seis audiencias en el Consejo de Asuntos Generales, el procedimiento finaliza en mayo de 2024, cuando la Comisión retira su propuesta motivada. Tras analizar el plan de acción de Polonia y los compromisos asumidos por el Gobierno polaco, la Comisión concluye que ya no existe un riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho en Polonia.

  • 2018

    • septiembre

      Inicio del procedimiento contra Hungría

      El Parlamento Europeo activa el procedimiento del artículo 7, apartado 1, contra Hungría. Tras varios debates sobre la situación y siete audiencias en el Consejo de Asuntos Generales, el procedimiento sigue en curso.

  • 2017

    • diciembre

      Inicio del procedimiento contra Polonia

      La Comisión inicia por primera vez el procedimiento del artículo 7, apartado 1, contra Polonia.

  • 2001

    • febrero

      Creación del artículo 7, apartado 1

      El Tratado de Niza introduce el artículo 7, apartado 1, que establece que el Consejo, por mayoría, podrá detectar una posible violación y formular recomendaciones al Estado miembro para que la corrija antes de tomar medidas.

  • 2000

    • diciembre

      Introducción de advertencias

      A raíz de una crisis política en Austria, se acuerda que antes de aplicar el artículo 7 se necesita un paso intermedio, para dar una advertencia a un Estado miembro sin llegar suspender plenamente sus derechos.

  • 1999

    • mayo

      Introducción en los Tratados de la UE

      El Tratado de Ámsterdam introduce por primera vez el Estado de Derecho en el sistema de la UE; su artículo 7 establece que los derechos de un Estado miembro pueden suspenderse si viola los valores de la Unión consagrados en el artículo 2 del TUE.