Cronología: el artículo 7 hasta el momento
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2024
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mayo Fin del procedimiento contra Polonia
Tras varios debates sobre la situación y seis audiencias en el Consejo de Asuntos Generales, el procedimiento finaliza en mayo de 2024, cuando la Comisión retira su propuesta motivada. Tras analizar el plan de acción de Polonia y los compromisos asumidos por el Gobierno polaco, la Comisión concluye que ya no existe un riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho en Polonia.
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2018
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septiembre Inicio del procedimiento contra Hungría
El Parlamento Europeo activa el procedimiento del artículo 7, apartado 1, contra Hungría. Tras varios debates sobre la situación y siete audiencias en el Consejo de Asuntos Generales, el procedimiento sigue en curso.
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2017
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diciembre Inicio del procedimiento contra Polonia
La Comisión inicia por primera vez el procedimiento del artículo 7, apartado 1, contra Polonia.
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2001
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febrero Creación del artículo 7, apartado 1
El Tratado de Niza introduce el artículo 7, apartado 1, que establece que el Consejo, por mayoría, podrá detectar una posible violación y formular recomendaciones al Estado miembro para que la corrija antes de tomar medidas.
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2000
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diciembre Introducción de advertencias
A raíz de una crisis política en Austria, se acuerda que antes de aplicar el artículo 7 se necesita un paso intermedio, para dar una advertencia a un Estado miembro sin llegar suspender plenamente sus derechos.
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1999
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mayo Introducción en los Tratados de la UE
El Tratado de Ámsterdam introduce por primera vez el Estado de Derecho en el sistema de la UE; su artículo 7 establece que los derechos de un Estado miembro pueden suspenderse si viola los valores de la Unión consagrados en el artículo 2 del TUE.
Última revisión: 6 de febrero de 2025