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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 11 de agosto de 2015 11:15

Declaración de la alta representante en nombre de la UE sobre la adhesión de determinados países a medidas restrictivas contra Belarús.

El 13 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1142[1] del Consejo por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC. 

La Decisión modifica la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC. 

Se suman a la presente Decisión la Antigua República Yugoslava de Macedonia*, Montenegro*, Serbia* y Albania*, países candidatos; Bosnia y Herzegovina, país del Proceso de Estabilización y Asociación y candidato potencial, e Islandia, Liechtenstein y Noruega, países de la AELC miembros del Espacio Económico Europeo, así como Ucrania. 

* La Antigua República Yugoslava de Macedonia, Montenegro, Albania y Serbia siguen formando parte del Proceso de Estabilización y Asociación. 

Dichos países velarán por que sus políticas nacionales sean acordes con dicha Decisión del Consejo. 

La Unión Europea toma nota de este compromiso y lo acoge favorablemente.


 [1] Publicada el 14.7.2015 en el Diario Oficial de la Unión Europea n.º L 185, p. 20.

* La Antigua República Yugoslava de Macedonia, Montenegro, Albania y Serbia siguen formando parte del Proceso de Estabilización y Asociación.

 

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Última revisión: 15 de enero de 2024