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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 6 de marzo de 2017 00:00

Conclusiones del Consejo sobre los avances en la aplicación de la Estrategia Global de la UE en materia de Seguridad y Defensa

Introducción

1. De conformidad con las Conclusiones del Consejo Europeo de 15 de diciembre de 2016 y las orientaciones que contienen, el Consejo ha examinado los avances realizados en la puesta en práctica de sus Conclusiones de 17 de octubre y de 14 de noviembre de 2016. Acoge con satisfacción los avances iniciales, que se exponen a continuación, para alcanzar mediante un conjunto exhaustivo de medidas el grado de ambición de la UE que se deriva de la Estrategia Global de la UE en materia de Seguridad y Defensa. Pide que se siga trabajando y proporcionando orientación, y conviene en volver a tratar estas cuestiones en el mes de mayo, antes del Consejo Europeo de junio.

2. El Consejo recuerda que ello debería contribuir a ampliar la capacidad de la Unión para actuar como proveedor de seguridad y a mejorar la política común de seguridad y defensa, así como su papel estratégico mundial y su capacidad para actuar de manera autónoma cuando y donde sea necesario y, en la medida de lo posible, con los socios.

3. El Consejo se felicita por los trabajos en curso sobre la puesta en práctica por la Comisión del Plan de Acción Europeo de la Defensa, en estrecha cooperación con los Estados miembros. También acoge con satisfacción la intención de la Comisión, recogida en su Comunicación de 30 de noviembre de 2016, de presentar en el primer semestre de 2017 nuevas propuestas para la creación de un Fondo Europeo de Defensa, entre ellas una sección sobre el desarrollo conjunto de las capacidades, que deberá ser aprobada conjuntamente por los Estados miembros, y una sección sobre investigación (cuya primera fase consistirá en iniciar una acción preparatoria para la investigación relacionada con la defensa) que se habrá de examinar en el marco del próximo Marco Financiero Plurianual. El Consejo recuerda la petición del Consejo Europeo al Banco Europeo de Inversiones, formulada en diciembre de 2016, de que estudie medidas destinadas a apoyar las inversiones en investigación en materia de defensa y en actividades de desarrollo.

El Consejo insiste además, en consonancia con sus Conclusiones de 14 de noviembre de 2016, en la necesidad de mejorar la eficacia de la PCSD y el desarrollo y mantenimiento de las capacidades de los Estados miembros, apoyándose en una base tecnológica e industrial de la defensa europea (BITDE) más integrada, sostenible, innovadora y competitiva, que contribuya además al empleo, el crecimiento y la innovación en toda la UE y que pueda mejorar la autonomía estratégica de Europa, reforzando su capacidad para actuar con los socios. El Consejo recuerda que estos esfuerzos deberían ser integradores, con igualdad de oportunidades para la industria de defensa en la UE, equilibrados y plenamente conformes con el Derecho de la UE.

4. El Consejo se congratula, asimismo, de la celeridad de la actuación consecutiva a sus Conclusiones de 6 de diciembre de 2016, al haberse puesto en práctica todos los ámbitos de la Declaración conjunta firmada en Varsovia por el presidente del Consejo Europeo, el presidente de la Comisión Europea y el secretario general de la Organización del Tratado del Atlántico Norte. A este respecto, pide que se siga trabajando, respetando plenamente los principios de integración, reciprocidad y autonomía de los procesos decisorios de la UE, y que se le informe sobre los avances al respecto en junio de 2017.

Mejorar las estructuras de gestión de crisis de la PCSD

5. En el día de hoy, el Consejo aprueba el documento de síntesis sobre la planificación operativa y las capacidades de ejecución de las misiones y operaciones de la PCSD. A raíz de las Conclusiones del Consejo Europeo de diciembre, y en consonancia con sus Conclusiones de noviembre de 2016, dicho documento incluye medidas destinadas a mejorar la capacidad de reacción de la UE de forma que sea más rápida, eficaz y fluida, se base en estructuras existentes y vaya encaminada al fomento de las sinergias civiles y militares, dentro del enfoque integral de la UE. Sobre esta base, el Consejo conviene en particular en:

  • Establecer, como objetivo a corto plazo, una Capacidad Militar de Planificación y Ejecución (MPCC) en el seno del Estado Mayor de la UE en Bruselas, que se encargará del aspecto estratégico de la planificación operativa y de la realización de las misiones militares no ejecutivas, y que actuará bajo el control político y la orientación estratégica del Comité Político y de Seguridad. La nueva Capacidad, una vez creada, trabajará en paralelo y de manera coordinada con la Capacidad Civil de Planificación y Ejecución (CPCC).
  • Que el director general del Estado Mayor de la UE será el director de la MPCC, y en calidad de tal asumirá las funciones del comandante de la misión en las misiones militares no ejecutivas, entre ellas las tres misiones de formación de la UE desplegadas en la República Centroafricana, Mali y Somalia, de conformidad con el mandato acordado.
  • Pedir a la alta representante que proponga un mandato consolidado del Estado Mayor de la UE, así como una Decisión del Consejo que refleje las disposiciones arriba mencionadas y por la que se modifiquen las decisiones del Consejo relativas a las misiones de la PCSD de que se trate.
  • Reunir a expertos civiles y militares en los principales ámbitos de apoyo a las misiones en una célula de apoyo conjunto a escala de Bruselas, a fin de que trabajen diariamente para seguir reforzando y posibilitando el desarrollo efectivo de una coordinación y cooperación civil y militar respecto de la planificación operativa y el desarrollo de misiones civiles y militares no ejecutivas de la PCSD. También podría contribuir a la plena aplicación del enfoque integral de la UE, respetando al mismo tiempo las respectivas cadenas de mando civiles y militares y las distintas fuentes de financiación.
  • Revisar la creación de la MPCC y de la célula de apoyo conjunto un año después de que pasen a ser plenamente operativas, pero a más tardar a finales de 2018, basándose en un informe de la alta representante. Esta revisión debería prepararse en estrecha consulta con los Estados miembros, y no debería prejuzgar las decisiones políticas que deban adoptarse.

El Consejo aprueba además las propuestas sobre previsión y supervisión estratégicas contenidas en el documento de síntesis, y pide a la alta representante que, en cooperación con la Comisión en caso pertinente, proceda a ponerlas en práctica.

Cooperación estructurada permanente

6. Para reforzar la seguridad y la defensa de Europa en el complicado entorno geopolítico actual, el Consejo conviene en la necesidad de seguir trabajando en una cooperación estructurada permanente basada en un planteamiento modular. Dicha cooperación debe estar abierta a todos los Estados miembros que estén dispuestos a asumir los compromisos vinculantes necesarios y reunir los criterios, sobre la base de los artículos 42.6 y 46 y el Protocolo n.º 10 del Tratado. El Consejo reconoce que la cooperación estructurada permanente puede contribuir de manera significativa a alcanzar el grado de ambición de la UE, incluso para realizar las misiones más exigentes, y que podría facilitar el desarrollo de las capacidades de defensa de los Estados miembros y reforzar la cooperación europea en materia de defensa, aprovechando al mismo tiempo todo el potencial de los Tratados. Toma nota de que las capacidades desarrolladas mediante la cooperación estructurada permanente seguirán perteneciendo a los Estados miembros y siendo gestionadas por ellos. El Consejo recuerda que los Estados miembros poseen un conjunto único de fuerzas que pueden utilizar en otros marcos. Subrayando la responsabilidad y la competencia de los Estados miembros en el ámbito de la defensa, destaca que la cooperación estructurada permanente debería contribuir a generar nuevos esfuerzos de colaboración, así como cooperación adicional y nuevos proyectos.

7. Para ello, el Consejo invita a los Estados miembros, con el apoyo del SEAE y la Agencia Europea de Defensa (AED), a proseguir los trabajos con el fin de seguir estudiando y desarrollando:

  • Un acuerdo sobre un planteamiento compartido de los compromisos, los objetivos y los criterios comunes basado en las disposiciones pertinentes del Tratado, así como en el modelo de gobernanza.
  • Los posibles proyectos e iniciativas que los Estados miembros estén dispuestos a proseguir mediante la cooperación estructurada permanente, incluso de manera modular, al tiempo que hacen uso de los proyectos en curso y contraen nuevos compromisos en el ámbito de la inversión en defensa, con vistas a resolver las carencias reconocidas y abordar las prioridades de los Estados miembros y de la UE en el ámbito de las capacidades; mejorar la capacidad de despliegue y la disponibilidad operativa de sus fuerzas armadas; y aumentar su interoperabilidad mediante la puesta en común y la utilización compartida de capacidades existentes.

Este trabajo serviría de contribución en la elaboración de la notificación dirigida al Consejo y a la alta representante, así como de la Decisión del Consejo por la que se establezca la cooperación estructurada permanente.

8. Al tiempo que toma nota de la existencia de iniciativas independientes, el Consejo subraya la necesidad de reflexionar sobre los posibles vínculos entre la cooperación estructurada permanente y la revisión anual coordinada de la defensa. El Consejo reconoce que es necesario seguir trabajando en la exploración del vínculo potencial con las propuestas de la Comisión para la creación de un Fondo Europeo de Defensa, así como en la manera en que los proyectos y las iniciativas de la cooperación estructurada permanente podrían beneficiarse de sus mecanismos, lo cual dependería de las decisiones que se tomaran ulteriormente a propósito de la creación y la estructura final del Fondo.

9. El Consejo conviene en volver a tratar estas cuestiones en mayo de 2017 a fin de ofrecer directrices políticas adicionales sobre la posible toma de decisiones.

Revisión anual coordinada de la defensa

10. El Consejo celebra que se haya iniciado la labor de determinación de los principios y el alcance de una Revisión anual coordinada de la defensa impulsada por los Estados miembros para intensificar la colaboración en materia de defensa, incluso mediante el fomento del desarrollo de capacidad para abordar las deficiencias, y para garantizar una utilización mejor y más coherente de los planes de gasto militar. Subraya que es importante articular mediante la Revisión anual coordinada de la defensa una forma más estructurada de conseguir las capacidades clave que se necesitan en Europa, a través de mayor transparencia, notoriedad política y compromiso por parte de los Estados miembros, evitando al propio tiempo que los Estados miembros y las instituciones de la UE hayan de realizar esfuerzos administrativos adicionales innecesarios. El Consejo destaca la necesidad de velar por la coherencia entre la Revisión anual coordinada de la defensa y el Proceso de Planificación de la Defensa de la OTAN en la medida en que coincidan las necesidades, reconociendo al mismo tiempo la diferente índole de ambas organizaciones y sus responsabilidades respectivas. Como instrumento genérico, la Revisión anual coordinada de la defensa tiene que basarse en los procesos y medios ya existentes y hacer el mejor uso de ellos, y debería aprovechar en la mayor medida posible la información disponible a través de los mismos.

11. El Consejo destaca que la Revisión anual coordinada de la defensa se llevará a cabo de forma voluntaria y con pleno respeto de las prerrogativas y los compromisos de los Estados miembros en el ámbito de la defensa, incluso, cuando corresponda, de la defensa colectiva, así como de sus procesos de planificación de la defensa, y teniendo en cuenta las amenazas exteriores y los retos de seguridad de toda la UE.

Insiste en la importancia de dotar de mayor transparencia y notoriedad política al panorama europeo de capacidades. A este respecto, subraya que la Revisión anual coordinada de la defensa ha de proporcionar una evaluación global sobre cuestiones relacionadas con las capacidades que contribuya a las orientaciones políticas del Consejo. Por consiguiente, el Consejo subraya que la Revisión anual coordinada de la defensa debe ayudar a los Estados miembros a obtener resultados en materia de capacidades esenciales, en particular basándose en las prioridades acordadas mediante el Plan de Desarrollo. También ha de ofrecer a los Estados miembros un foro para coordinar y debatir su planeamiento nacional en materia de defensa, incluidos los planes de gasto, teniendo en cuenta los compromisos asumidos por el Consejo Europeo de diciembre de 2016, y ello de una forma más estructurada, basada en las medidas voluntarias que figuran en el marco de actuación para la cooperación sistemática y a largo plazo en materia de defensa. Aunque existen iniciativas independientes, el trabajo de Revisión anual coordinada de la defensa debe llevarse a cabo de forma coherente con la puesta en práctica del Plan de Acción Europeo de la Defensa.

12. El Consejo acoge con satisfacción la idea de organizar reuniones específicas periódicas de ministros de Defensa, inicialmente cada dos años y con mayor frecuencia si así se decide. La Agencia Europea de Defensa (AED) debería desempeñar un papel fundamental en la Revisión anual coordinada de la defensa para facilitar la evaluación global objetiva y apoyar el análisis en forma de un informe escrito destinado a los ministros de Defensa, haciendo al mismo tiempo pleno uso de los instrumentos disponibles, y actuando asimismo como secretaría de la Revisión anual.

13. El Consejo acepta los parámetros antes expuestos para la Revisión anual coordinada de la defensa e invita a la alta representante y directora de la AED a que, en estrecha colaboración con los Estados miembros, elabore de aquí al mes de junio propuestas más detalladas sobre el alcance, métodos y contenido de la Revisión anual, en concreto por lo que se refiere a la interacción con los Estados miembros, con vistas a preparar la puesta en marcha de la Revisión para finales de 2017. El primer ejercicio completo de la Revisión anual coordinada de la defensa debería realizarse en 2018, partiendo especialmente de las prioridades del Plan de Desarrollo de Capacidades revisado, así como de otros procesos e instrumentos existentes.

Desarrollo de las capacidades civiles

14. El Consejo subraya que es importante hacer avanzar con rapidez el desarrollo de las capacidades civiles. Conviene en que hay que mejorar la capacidad de respuesta, en aras de una mayor eficacia, rapidez y flexibilidad en el despliegue de misiones civiles de la PCSD, las cuales desempeñan un importante papel como uno de los pilares del enfoque integral de la UE. En este contexto, el Consejo toma nota de los debates en curso, en particular de los relativos a una capacidad permanente, equipos técnicos especializados preconfigurados y contingentes de policía u otras categorías profesionales, y al replanteamiento del mecanismo del equipo de respuesta civil. Solicita a la alta representante y, si procede, a la Comisión que, en colaboración con los Estados miembros, presenten propuestas concretas para potenciar la capacidad de respuesta, con vistas a su aprobación antes del Consejo Europeo de junio. También está de acuerdo en que hay que seguir revisando los ámbitos prioritarios establecidos en Feira para las misiones civiles de la PCSD. El Consejo subraya la importancia de reforzar, también en este ámbito, las sinergias, la compatibilidad y la interoperabilidad entre la UE y las Naciones Unidas. El Consejo volverá a ocuparse de estas cuestiones en mayo.

Puesta en práctica en otros ámbitos diversos

15. Como contribución importante para que la UE pueda facilitar el desarrollo de capacidades de modo eficaz, responsable y fluido, el Consejo espera con interés la pronta finalización de los trabajos legislativos sobre la propuesta de modificación del Instrumento en pro de la estabilidad y la paz. El Consejo recuerda sus Conclusiones de noviembre de 2016 sobre la necesidad de cubrir plenamente todos los requisitos para seguir apoyando a los países socios para que prevengan y gestionen las crisis por sí mismos, incluidos los que se plantean en el marco de las misiones no ejecutivas de la PCSD. En este contexto, insta a proseguir el trabajo preparatorio en curso para determinar las necesidades en el ámbito del Desarrollo de capacidades en apoyo de la seguridad y el desarrollo (DCSD). El Consejo insiste en el ámbito geográfico flexible del DCSD e insta a que se identifiquen y desarrollen nuevos proyectos. Además, el Consejo recuerda su propuesta de que se trabaje en un instrumento específico para facilitar el desarrollo de capacidades. El Consejo volverá a ocuparse del DCSD en mayo de 2017.

16. El Consejo acoge favorablemente las reflexiones preliminares y espera con interés la prosecución de los trabajos sobre el refuerzo de la pertinencia, la capacidad de utilización y la capacidad de despliegue del conjunto de instrumentos de respuesta rápida de la UE, con inclusión de los grupos de combate de la UE, especialmente para reforzar su modularidad, su preparación y su financiación efectiva. En este contexto, deben seguir estudiándose las modalidades concretas y las disposiciones sobre costes comunes y otras disposiciones financieras para las operaciones de respuesta rápida en general, y para los grupos de combate de la UE en particular.

El Consejo volverá a tratar estas cuestiones en mayo, basándose en las propuestas consolidadas que ha de presentar la alta representante en estrecha consulta con los Estados miembros. En lo que se refiere a sus aspectos financieros, estas propuestas podrían contribuir a la revisión global del mecanismo Athena, prevista para finales de 2017, que se debatirá en el marco correspondiente.

17. El Consejo reitera la importancia de colaborar con sus socios, en particular las Naciones Unidas, la OTAN, la OSCE, la Unión Africana, la Liga de los Estados Árabes y la ASEAN, así como con socios estratégicos y otros países asociados de nuestro entorno y a escala mundial, con el debido respeto al marco institucional y a la autonomía decisoria de la UE, y al principio de inclusión. A este respecto, el Consejo recuerda la necesidad de promover las asociaciones PCSD, e insta a la alta representante a que, antes de mayo de 2017, le presente opciones sobre un planteamiento más estratégico en relación con los socios de la PCSD, conforme a lo acordado en las Conclusiones del Consejo de noviembre de 2016.

18. El Consejo acoge con satisfacción la revisión y las medidas organizativas adoptadas para promover en la UE una mayor conciencia situacional civil y militar basada en la información, a fin de contribuir a la previsión estratégica. Respalda las nuevas medidas que deben adoptarse con vistas a un futuro aumento de personal, logística e infraestructuras, si se considera necesario, y volverá a tratar el tema en junio.

19. El Consejo, recordando que hay que realizar oportunamente la revisión del Plan de Desarrollo de Capacidades de aquí a la primavera de 2018, se felicita de que la AED esté elaborando propuestas de mejora del proceso de desarrollo de capacidades de la UE. En este sentido, también acoge con satisfacción el trabajo actual de revisión del catálogo de necesidades. La labor que están realizando los Estados miembros en el marco de la AED en materia de prioridades sobre capacidades, prioridades generales en materia de I+T y actividades estratégicas clave contribuirá a orientar las inversiones futuras y a la ejecución del Plan de Acción Europeo de la Defensa. El Consejo recuerda, además, que es necesario ejecutar con celeridad las medidas impulsadas en el seno de la AED en relación con los habilitadores fundamentales y la seguridad del suministro, en función de los compromisos políticos de los Estados miembros y de los acuerdos específicos de programa o sector.

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Última revisión: 14 de enero de 2024