- Consejo de la Unión Europea
- Comunicado de prensa
- 7 de junio de 2017 11:30
Declaración de la Alta Representante, en nombre de la Unión Europea, sobre la adhesión de determinados terceros países a la Decisión (PESC) 2017/621 del Consejo, de 31 de marzo de 2017, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia
El 31 de marzo de 2017, el Consejo ha adoptado la Decisión (PESC) 2017/621[1] del Consejo. La Decisión del Consejo prorroga las medidas restrictivas vigentes hasta el 2 de octubre de 2017. Las medidas en cuestión consisten en la prohibición de viaje, la inmovilización de activos y la prohibición de puesta a disposición de fondos en relación con tres personas consideradas responsables de obstruir o socavar la conclusión satisfactoria de la transición política en Libia.
Se suman a la presente Decisión del Consejo la Antigua República Yugoslava de Macedonia*, Montenegro*, Serbia* y Albania*, países candidatos; Bosnia y Herzegovina, país del Proceso de Estabilización y Asociación y candidato potencial, e Islandia, Liechtenstein y Noruega, países de la AELC miembros del Espacio Económico Europeo, así como Ucrania, la República de Moldavia y Georgia.
Estos países velarán por que sus políticas nacionales sean acordes con la citada Decisión del Consejo.
La Unión Europea toma nota de este compromiso y lo celebra.
[1]Publicada el 1.4.2017 en el Diario Oficial de la Unión Europea n.° L 89, p. 10.
La Antigua República Yugoslava de Macedonia, Montenegro, Serbia y Albania siguen formando parte del Proceso de Estabilización y Asociación.
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Última revisión: 15 de enero de 2024