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Formas de resolución bancaria

Infografía en la que se explica el proceso de resolución bancaria

A modo de preparación o prevención:

  1. Elaboración por los bancos de planes de reestructuración y resolución.
  2. Supervisión por el Mecanismo Único de Supervisión y las autoridades nacionales.
  3. Contribución de los bancos al Fondo Único de Resolución.
  4. Cumplimiento de las normas de capital y refuerzo de la capacidad de absorción de pérdidas (MREL).

Si un banco es inviable o tiene probabilidad de serlo, hay que contestar a las siguientes preguntas:

  1. ¿Se han agotado todas las medidas privadas o acciones de supervisión?
  2. ¿Salvar el banco es de interés público?
  • Si la respuesta es «no», se liquida el banco.
  • Si la respuesta es «sí», se procede a su resolución.

Los instrumentos de resolución son los siguientes:

  • la recapitalización interna,
  • la venta del negocio,
  • una entidad puente,
  • la segregación de activos.

Se utiliza el Fondo Único de Resolución (+/- 60 000 millones € antes de 2024) para garantizar la aplicación efectiva de las medidas de resolución y, en circunstancias excepcionales, absorber las pérdidas o recapitalizar el banco.

Cuando se aplique, el mecanismo de protección del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) facilitará +/- 60 000 millones € a más tardar en 2024. Si el Fondo Único de Resolución no dispone de suficientes medios, el MEDE presta fondos adicionales para aplicar la medida de resolución.