- Consejo de la Unión Europea
- Comunicado de prensa
- 7 de noviembre de 2018 17:10
Adaptación de la notificación en materia de medio ambiente: el Consejo acuerda su posición
La UE tiene intención de adaptar los requisitos de notificación en una serie de actos legislativos sobre medio ambiente. El Consejo ha adoptado hoy su posición sobre un Reglamento que garantizará un planteamiento más coherente y uniforme sobre la notificación en materia de medio ambiente. Con este acuerdo se sientan las bases para que la Presidencia austriaca inicie las negociaciones con el Parlamento Europeo.
La propuesta de Reglamento se refiere a diez actos legislativos. Gracias a la simplificación de las obligaciones de notificación vigentes, el Reglamento contribuirá a reducir los costes administrativos, a mejorar la calidad de los datos disponibles para evaluaciones futuras y a aumentar la transparencia.
Estamos todos de acuerdo en que es necesario simplificar la normativa. Hoy no solo estamos mejorando la legislación medioambiental sino que también estamos facilitando el envío de datos a Bruselas por parte de nuestras administraciones nacionales. Me alegra comunicar que los Estados miembros han mostrado un amplio respaldo a esta oportunidad de reducir los costes administrativos en un total de diez actos legislativos de la UE sobre medio ambiente. Elisabeth Köstinger, ministra federal de Sostenibilidad y Turismo de Austria
El Reglamento agrupa en una propuesta las modificaciones que se aplicarán a los diez actos legislativos siguientes:
- la Directiva 82/278/CEE relativa a los lodos de depuradora;
- la Directiva 2002/49/CE sobre el ruido;
- la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales;
- la Directiva 2007/2/CE sobre una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire);
- la Directiva 2009/147/CE relativa a aves;
- el Reglamento (CE) n.º 166/2006 relativo a un registro europeo de emisiones y transferencia de contaminantes (E-PRTR);
- la Directiva 2010/63/CE sobre experimentación con animales;
- el Reglamento (UE) n.º 995/2010 sobre la madera de la UE;
- el Reglamento (CE) n.º 2173/2005 sobre aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT);
- el Reglamento (CE) n.º 338/97 relativo a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
La posición del Consejo es más concreta que la de la Comisión en relación con algunos plazos e intervalos de notificación, así como en relación con el contenido de la información medioambiental que los Estados miembros deben recopilar y comunicar a la Comisión. Estas modificaciones también contribuirán a reducir los costes administrativos.
Los Estados miembros no han mostrado su apoyo a las propuestas de modificaciones de la Directiva sobre responsabilidad medioambiental. Esto se debe a que dichas modificaciones van más allá del ámbito de aplicación de la notificación, a que darían lugar a más cargas administrativas y, por otro lado, a que no se cuenta con una evaluación de impacto exhaustiva. Por lo tanto, se ha suprimido el texto correspondiente.
Antecedentes y siguientes etapas
La Comisión Europea presentó el Reglamento el 31 de mayo de 2018. Se basa en las conclusiones de la evaluación del control de adecuación de la notificación y el seguimiento de la política medioambiental de la UE, finalizada por la Comisión en junio de 2017. El acuerdo alcanzado hoy es resultado de intensos debates a nivel de grupos de trabajo en el Consejo.
La Presidencia austriaca ya puede iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo, que adoptó su posición sobre el Reglamento el 23 de octubre de 2018. La primera reunión está prevista para el 15 de noviembre.
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Última revisión: 15 de enero de 2024