Sanciones por violaciones de los derechos humanos
La UE puede imponer sanciones a personas y entidades en respuesta a violaciones y abusos de los derechos humanos en todo el mundo.
Régimen general de sanciones en materia de derechos humanos
En diciembre de 2020, el Consejo estableció un marco de sanciones en materia de derechos humanos que se aplica a escala mundial, lo que significa que la UE puede imponer sanciones a personas, entidades y organismos —incluidos agentes estatales y no estatales— que sean responsables de violaciones o abusos graves de los derechos humanos en cualquier lugar del mundo o que sean partícipes o estén involucrados en este tipo de actos, con independencia de dónde se produzcan.
Por ejemplo, el marco se aplica a:
- el genocidio;
- los crímenes contra la humanidad;
- la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
- la esclavitud;
- las ejecuciones y homicidios extrajudiciales, sumarios o arbitrarios;
- las desapariciones forzadas y las detenciones o encarcelamientos arbitrarios.
Otras violaciones y abusos de los derechos humanos podrían también entrar en el ámbito de aplicación del marco de sanciones, si son generalizados, sistemáticos o si, por cualquier otra causa, suscitan grave preocupación en lo que respecta a los objetivos de la política exterior y de seguridad común de la UE.
Entre ellos se incluyen la trata de seres humanos, los abusos contra los derechos humanos por parte de los traficantes de migrantes, la violencia sexual y violencia de género y la violación o el abuso de la libertad de reunión y de asociación pacíficas, la libertad de opinión y de expresión y la libertad de conciencia y de religión.
Estas sanciones consisten en la prohibición de entrada en el territorio de la Unión Europea para las personas, el embargo de bienes para las personas y entidades y la prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición de las personas y entidades incluidas en la lista.
Es posible establecer excepciones a las sanciones, incluida la prestación de ayuda humanitaria.
Actualmente, 151 personas y 45 entidades son objeto de sanciones en virtud de este régimen.
Las sanciones se prorrogaron por última vez hasta el 8 de diciembre de 2026.
En el ámbito de este marco, las sanciones se dirigen por ejemplo contra:
- personas y entidades responsables de violaciones y abusos de los derechos humanos en todo el mundo, por ejemplo en Afganistán, Corea del Norte, Haití, Irán, Myanmar/Birmania, Rusia, y Sudán del Sur;
- personas y entidades vinculadas al Grupo Wagner, habida cuenta de la dimensión internacional y la gravedad de las actividades del grupo;
- personas y entidades rusas vinculadas a la muerte de Alexéi Navalni y a violaciones de los derechos humanos en los territorios ocupados de Ucrania, incluida la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes a presos ucranianos;
- colonos extremistas israelíes en la Cisjordania ocupada y en Jerusalén Oriental responsables de abusos graves de los derechos humanos contra palestinos;
- activistas israelíes violentos que bloquean la ayuda humanitaria a Gaza;
- Hamás y la Yihad Islámica Palestina, en respuesta a los actos generalizados de violencia sexual y por motivos de género cometidos durante los atentados terroristas perpetrados en octubre de 2023;
- personas y entidades asociadas con el régimen de Al-Asad e implicadas en violaciones de los derechos humanos contra la población siria;
- personas y entidades vinculadas a centros de estafa en el sudeste asiático.
Véase también
Protección y promoción de los derechos humanos
¿Por qué adopta sanciones la UE?
Los derechos fundamentales en la UE
Última revisión: 30 de julio de 2026