Productos del trabajo forzoso
El empleo del trabajo forzoso para la fabricación de productos sigue siendo un problema mundial y requiere una normativa internacional común para resolverlo. La nueva legislación de la UE eliminará efectivamente del mercado de la Unión los productos realizados con trabajo forzoso.
La realidad del trabajo forzoso
El trabajo forzoso, incluso infantil, sigue estando muy extendido en todo el mundo. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) calcula que en el mundo hay alrededor de 27,6 millones de personas en situación de trabajo forzoso, de las cuales 3,3 millones son niños.
El trabajo forzoso, tal como lo define la OIT, es «todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente».
Se refiere a situaciones en las que se obliga a las personas a trabajar mediante el uso de violencia o intimidación, o por medios más sutiles como una deuda manipulada, la retención de documentos de identidad o amenazas de denuncia a las autoridades de inmigración.
El trabajo forzoso sigue existiendo en un gran número de sectores.
Textiles
Agricultura
Minería
Estrategia de la UE para prohibir los productos del trabajo forzoso
La UE ha adoptado un Reglamento que prohíbe la introducción y la comercialización en el mercado de la UE y la exportación desde el mercado de la UE de todo producto realizado con trabajo forzoso.
Para conseguirlo, el acto legislativo, adoptado en noviembre de 2024, establece un marco estructurado para prohibir el trabajo forzoso en la producción de bienes y en las cadenas de suministro de la UE.
Facultará a la UE para prohibir un producto y retirarlo del mercado único si se demuestra que ha implicado trabajo forzoso, independientemente de si produce en la UE o se importa a la UE.
Investigaciones
Para ayudar a valorar las posibles infracciones del Reglamento, la Comisión creará una base de datos que contendrá información verificable y actualizada periódicamente sobre las zonas o productos que presenten riesgo de trabajo forzoso.
De la dirección de las investigaciones se encargan diferentes autoridades:
- fuera del territorio de la UE es competente la Comisión;
- cuando los riesgos están en el territorio de un Estado miembro, asume la dirección la autoridad nacional competente.
Las autoridades de los Estados miembros deben compartir información con otros Estados miembros si sospechan que se han producido infracciones al Reglamento en otras partes de la UE, o con la Comisión si sospechan que existen condiciones de trabajo forzoso en un tercer país.
Los criterios para evaluar las infracciones del presente Reglamento son:
- la magnitud y la gravedad del presunto trabajo forzoso;
- la cantidad o el volumen de los productos introducidos o comercializados en el mercado de la Unión;
- la proporciónde las piezas del producto hechas probablemente con trabajo forzoso en el producto final;
- la proximidad de los agentes económicos a los riesgos de trabajo forzoso que se sospecha existen en su cadena de suministro, así como su influencia para abordarlos.
Decisión definitiva
La decisión definitiva será adoptada por la autoridad que haya dirigido la investigación.
La decisión adoptada por una autoridad nacional se aplicará en todos los demás Estados miembros conforme al principio del reconocimiento mutuo.
Si las autoridades llegan a la conclusión de que se ha recurrido a trabajo forzoso, pueden decidir prohibir y retirar los productos del mercado de la UE y de las tiendas en línea. Sin embargo, si los productores eliminan el trabajo forzoso de sus operaciones o cadenas de suministro, los productos prohibidos pueden volver a ser admitidos en el mercado de la UE.
¿Qué productos se prohibirán?
La propuesta abarca todos los productos fabricados mediante trabajo forzoso que se introduzcan o comercialicen en la UE o se exporten desde la UE.
La nueva legislación abarcará todos los sectores industriales.
Aumentar la confianza de los consumidores
Las nuevas normas infundirán mayor confianza en los consumidores, ya que se garantiza que los productos del mercado de la UE cumplan las normas en materia de derechos humanos.
Para las empresas, la propuesta tiene el potencial de racionalizar los esfuerzos de sostenibilidad social y fomentar así una mayor confianza y credibilidad entre los clientes.
El objetivo de la prohibición prevista es contribuir de forma activa a los esfuerzos mundiales por erradicar el trabajo forzoso y salvaguardar los derechos de los trabajadores y de los niños.
Véase también
Última revisión: 9 de diciembre de 2024