Marco de gobernanza económica
La gobernanza económica es un pilar fundamental de la unión económica y monetaria, cuyo objetivo es detectar y corregir desequilibrios económicos que puedan debilitar las economías nacionales o tener efectos transfronterizos indirectos que repercutan en otros países de la UE.
¿Qué es el marco de gobernanza económica de la UE?
En 1992, antes de la introducción del euro, la UE estableció por medio del Tratado de Maastricht la arquitectura de una unión económica y monetaria.
El marco de gobernanza económica se refiere a un sistema de instituciones y procedimientos que la UE ha establecido para coordinar las políticas económicas de los Estados miembros y alcanzar sus objetivos económicos. El marco incluye un complejo sistema de coordinación de políticas y de supervisión. Se basa en los principios de vigilancia, prevención y corrección de tendencias económicas que puedan debilitar las economías de los distintos Estados miembros o tener efectos indirectos en otras economías.
La coordinación y supervisión eficaces de las políticas económicas en toda la UE ofrece tres importantes ventajas.
garantiza la solidez y la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio y largo plazo para todos los Estados miembros
promueve el crecimiento económico sostenible y la convergencia
hace frente a los desequilibrios macroeconómicos, con el respaldo de reformas e inversiones para mejorar el crecimiento y la resiliencia
Junto a la gobernanza económica de la UE, que funciona conjuntamente con la moneda única de la zona del euro y su correspondiente política monetaria única, ha contribuido a la estabilidad económica, el crecimiento y el aumento del empleo.
Revisión del marco de gobernanza económica
Desde el Tratado de Maastricht, el marco de gobernanza económica de la UE ha ido evolucionando gradualmente. Se han llevado a cabo reformas en respuesta a crisis económicas, como la crisis financiera mundial de 2008.
La recuperación de la pandemia de COVID-19 y las consecuencias de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania plantean nuevos retos para la economía de la UE, en un contexto de mayores niveles de deuda y tipos de interés más altos y de nuevos objetivos de inversión y reforma. Además, el marco actual ha demostrado ser demasiado rígido en tiempos difíciles, lo que provoca un cumplimiento desigual de las normas por parte de los Estados miembros.
Por consiguiente, la UE ha seguido actualizando su marco de gobernanza económica para adaptarlo al futuro. El 29 de abril de 2024, el Consejo adoptó el paquete legislativo por el que se reformaba el marco de gobernanza económica y presupuestaria de la UE. Las nuevas normas entraron en vigor el 30 de abril de 2024.
Los principales objetivos de la reforma son los siguientes:
- garantizar unas finanzas públicas saneadas y sostenibles;
- fomentar el crecimiento por medio de reformas e inversiones.
Las nuevas normas pretenden contribuir además a las prioridades de la UE de construir un futuro digital, ecológico y más resiliente, reforzando al mismo tiempo el apoyo a su competitividad y la autonomía estratégica.
¿Cuáles son las normas?
El marco de gobernanza económica de la UE se basa en diversas normativas.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
Define los valores de referencia para el déficit público y la deuda pública:
el 3 % por lo que respecta a la proporción entre déficit público previsto o real y producto interior bruto (PIB) a precios de mercado; el 60 % por lo que respecta a la proporción entre deuda públicay PIB a precios de mercado.
Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC)
Define las normas para el control y la coordinación de las políticas fiscales y económicas nacionales.
Contiene normas tanto preventivas como correctoras. Se aplica a todos los Estados miembros de la UE, pero solo los países de la zona del euro pueden ser objeto de sanciones en el marco de la «vertiente correctora».
El «paquete de seis medidas» y el «paquete de dos medidas»
Son una serie de Reglamentos que refuerzan la vigilancia fiscal y establecen el procedimiento de desequilibrio macroeconómico para garantizar la vigilancia de los desequilibrios que surjan fuera de las políticas fiscales.
Prevención
El Pacto de Estabilidad y Crecimiento contiene un marco de gobernanza presupuestaria, también conocido como «vertiente preventiva». El objetivo de la vertiente preventiva es garantizar unas finanzas públicas saneadas y una balanza de pagos sostenible y evitar déficits públicos excesivos.
En el ejercicio anual del Semestre Europeo, la UE y sus Estados miembros llevan a cabo una gran parte de la coordinación práctica de sus políticas económicas y presupuestarias y las ajustan a las normas acordadas en el ámbito de la UE.
Cada Estado miembro recibe del Consejo anualmente orientaciones sobre sus políticas económicas, presupuestarias, de empleo y estructurales. Estas recomendaciones específicas por país son propuestas inicialmente por la Comisión y posteriormente analizadas y debatidas por los expertos de los Estados miembros y acordadas por los ministros de Economía y Hacienda de la UE, antes de ser debatidas por los jefes de Estado o de Gobierno de la UE en el Consejo Europeo y posteriormente adoptadas formalmente por el Consejo.
La reforma convenida introduce un enfoque adaptado a cada Estado miembro que tiene en cuenta las diferentes situaciones presupuestarias, los niveles de deuda pública y los retos económicos en toda la UE. Al mismo tiempo, asegura una reducción global de las ratios de deuda y los déficits hasta unos niveles prudentes de manera gradual, realista y favorable al crecimiento. También asegura una supervisión multilateral eficaz.
Trayectoria de referencia
La Comisión transmite una trayectoria de referencia basada en el riesgo y diferenciada, expresada en términos de gasto neto plurianual, a aquellos Estados miembros en los casos en los que la deuda pública y el déficit público superen los valores de referencia del 3 % y el 60 %, respectivamente, del PIB. Los Estados miembros que cumplan los valores de referencia pueden solicitar a la Comisión información técnica sobre el saldo primario estructural necesario para garantizar que su déficit global se mantenga por debajo del 3 % del PIB.
La trayectoria garantiza que, tras un período de ajuste presupuestario, la deuda pública de los Estados miembros siga una trayectoria decreciente verosímil o se mantenga a medio plazo en niveles prudentes por debajo del 60 % del PIB. Además, asegura que ningún déficit público se sitúe ni se mantenga por debajo del 3 % del PIB.
El período normal de ajuste presupuestario es de cuatro años. Pero los Estados miembros pueden solicitar un período de adaptación más largo de hasta siete años. Esta ampliación se permite si el Estado miembro lleva a cabo reformas e inversiones que mejoren la resiliencia y el potencial de crecimiento, apoyen la sostenibilidad presupuestaria y atiendan a prioridades comunes de la UE, como las transiciones ecológica y digital, la seguridad energética o la creación de capacidades de defensa.
La trayectoria de referencia debe cumplir dos salvaguardias:
- la salvaguardia de sostenibilidad de la deuda,
- la salvaguardia de resiliencia del déficit.
La salvaguardia de sostenibilidad de la deuda garantiza que la ratio de deuda pública disminuya en una media anual mínima del 1 % del PIB, cuando la ratio de deuda del Estado miembro supere el 90 %, o del 0,5 % del PIB, cuando la ratio de deuda del Estado miembro se mantenga entre el 60 % y el 90 %. Esta salvaguardia no se aplica a los países con una ratio de deuda inferior al 60 %. Su objetivo es ir reduciendo las ratios de deuda hasta niveles prudentes de manera gradual y realista.
La salvaguardia de la resiliencia del déficit proporciona un margen de seguridad por debajo del valor de referencia del 3 % para el déficit establecido en el Tratado. Su objetivo es preparar los presupuestos nacionales para el futuro mediante la creación de reservas presupuestarias.
Planes estructurales nacionales de política fiscal a medio plazo
Con arreglo al nuevo marco, cada Estado miembro prepara un plan presupuestario estructural a medio plazo, que dura cuatro o cinco años. Este plan contiene sus compromisos presupuestarios, de reforma y de inversión, y contribuye a garantizar una reducción coherente y gradual de la deuda y a fomentar un crecimiento sostenible e inclusivo.
Partiendo de su trayectoria de referencia o información técnica, los Estados miembros incorporan su trayectoria de ajuste presupuestario, expresada como trayectoria de gasto neto, a su plan estructural nacional de política fiscal a medio plazo.
Estos planes y las trayectorias de gasto neto deben ser aprobados por el Consejo, tras una evaluación de la Comisión. Si un Estado miembro solicita una prórroga del período de ajuste, el conjunto de compromisos de reforma e inversión en el que se base dicha prórroga también debe ser refrendado por el Consejo.
Si el plan estructural nacional de política fiscal a medio plazo de un Estado miembro no cumple los requisitos, el Consejo recomienda que presente un plan revisado.
La Comisión utiliza una cuenta de control para supervisar las desviaciones acumulativas al alza y a la baja de los Estados miembros respecto de sus trayectorias acordadas de gasto neto.
Indicador de gasto neto
Con el fin de simplificar el marco fiscal de la UE y aumentar la transparencia, se utiliza un único indicador operativo ligado a la sostenibilidad de la deuda como base para establecer la trayectoria de gasto neto y para llevar a cabo una supervisión fiscal anual de cada Estado miembro: el indicador de gasto neto.
Se basa en el gasto primario neto financiado a escala nacional, esto es, el gasto excluyendo las medidas discrecionales relativas a los ingresos, los gastos en concepto de intereses, el gasto cíclico en desempleo, el gasto nacional en cofinanciación de programas financiados por la UE y el gasto en programas de la UE compensado íntegramente con ingresos procedentes de los fondos de la UE.
El indicador de gasto neto permite la estabilización macroeconómica, ya que no se ve afectado por estabilizadores automáticos, como fluctuaciones de ingresos y gastos fuera del control directo del Gobierno.
Informe intermedio anual
El nuevo marco introduce un informe anual de situación en el que cada Estado miembro facilita información sobre la aplicación de su plan estructural nacional de política fiscal a medio plazo, incluida la trayectoria de gasto neto, así como sobre los avances en materia de reformas e inversiones.
Cláusula de excepción
Las normas prevén la posibilidad de activar una cláusula general de excepción, suspendiendo así las normas para todos los Estados miembros, en caso de grave recesión económica en la zona del euro o en la UE en su conjunto, siempre que ello no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. La activación de la cláusula tiene un plazo de un año, pero puede prorrogarse.
Con arreglo a las nuevas normas, el Consejo puede activar una cláusula nacional de excepción si así lo solicita un Estado miembro y lo recomienda la Comisión. Esto suspendería las normas únicamente para el Estado miembro de que se trate, en caso de que circunstancias excepcionales que escapen a su control tengan efectos importantes en sus finanzas públicas. Esta cláusula solo se activa si ello no pone en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo, y el Consejo especifica un plazo para su período de activación.
El 8 de julio de 2025, el Consejo activó la cláusula de salvaguardia nacional para 15 Estados miembros: Bélgica, Bulgaria, Chequia, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia y Portugal. El 10 de octubre de 2025, el Consejo también activó la cláusula para Alemania.
El objetivo es facilitar su transición hacia un mayor gasto en defensa a escala nacional, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad de la deuda.
Control del cumplimiento
De conformidad con el Tratado de Funcionamiento de la UE (artículo 126, apartado 1, del TFUE), los Estados miembros deben evitar déficits públicos y deudas públicas excesivos. En la práctica, esto significa que no deben superar los valores de referencia del 3 % para la ratio de déficit y el 60 % para la ratio de deuda.
Las normas de ejecución en este ámbito se establecen en la vertiente correctora del PEC. En el nuevo marco de gobernanza económica estas normas han de reforzarse.
Procedimiento de déficit excesivo
El objetivo del procedimiento de déficit excesivo (PDE) es velar por la disciplina presupuestaria: Su finalidad es:
- evitar déficits públicos excesivos y, si se producen, favorecer su rápida corrección;
- reducir gradualmente la deuda de manera sostenible, hasta que se sitúe por debajo del valor de referencia del 60 % del PIB establecido en el Tratado.
El procedimiento de déficit excesivo sobre la base del criterio de déficit exige un ajuste estructural anual mínimo del 0,5 % del PIB. Su incumplimiento puede dar lugar a multas de hasta el 0,05 % del PIB, que el Estado miembro de que se trate debe pagar cada seis meses hasta que el Consejo confirme que se han tomado medidas eficaces. La Comisión estudia la posibilidad de iniciar un procedimiento de déficit excesivo basado en el déficit si la ratio déficit público y PIB excede el valor de referencia del 3 %.
Con arreglo a las nuevas normas, el procedimiento de déficit excesivo basado en la deuda se centra en las desviaciones respecto a la trayectoria de gasto neto. Esto significa que se considera que la ratio entre deuda pública y PIB se está reduciendo de forma notable y se aproxima al valor de referencia a un ritmo satisfactorio si el Estado miembro de que se trate respeta su trayectoria de gasto neto. La Comisión considera la posibilidad de iniciar el procedimiento de déficit excesivo basado en la deuda si las desviaciones registradas en la cuenta de control del Estado miembro superan anualmente el 0,3 % del PIB o el 0,6 % del PIB acumulado.
Al evaluar el cumplimiento de los criterios de déficit o deuda por parte de un Estado miembro, el Consejo y la Comisión evalúan diversos factores pertinentes. Entre ellos se incluyen:
- la gravedad de la desviación;
- los avances en la ejecución de reformas e inversiones;
- el grado de dificultad en materia de deuda pública;
- el aumento del gasto en defensa (si procede).
La Comisión evalúa periódicamente si el Gobierno de que se trate ha tomado medidas eficaces, y presenta al Consejo una recomendación. Corresponderá entonces al Consejo decidir si puede ponerse fin a las sanciones, o si se deben proseguir o reforzar.
Última revisión: 10 de octubre de 2025