- Consejo de la Unión Europea
- Comunicado de prensa
- 7 de febrero de 2017 10:30
Espacio Schengen: el Consejo recomienda prorrogar los controles en las fronteras interiores
El 7 de febrero de 2017, el Consejo ha adoptado una Decisión de Ejecución por la que se establece una Recomendación para prorrogar la realización de controles temporales en las fronteras interiores en circunstancias excepcionales.
A partir del 11 de febrero de 2017, fecha en que expira la decisión anterior, Austria, Alemania, Dinamarca, Suecia y Noruega deberán prorrogar los controles fronterizos temporales y proporcionados, por un periodo máximo de tres meses, en las fronteras interiores siguientes:
- Austria, en las fronteras terrestres con Hungría y con Eslovenia;
- Alemania, en la frontera terrestre con Austria;
- Dinamarca, en los puertos daneses con enlaces de transbordadores a Alemania y en la frontera terrestre con Alemania;
- Suecia, en los puertos suecos de la región policial meridional y occidental, y en el puente de Öresund;
- Noruega, en los puertos noruegos con enlaces de transbordadores a Dinamarca, Alemania y Suecia.
Antes de prorrogar dichos controles, los Estados miembros afectados deberán cambiar impresiones con los Estados miembros relevantes a fin de garantizar que los controles fronterizos interiores se realicen únicamente cuando se considere necesario y proporcionado. Además, deberán garantizar que los controles fronterizos se realicen únicamente como último recurso, cuando otras medidas alternativas no puedan lograr el mismo efecto.
Los controles fronterizos deberán ser específicos y limitados en su alcance, frecuencia, localización y duración a lo estrictamente necesario para responder a la amenaza grave –resultante del riesgo permanente de movimientos secundarios de los migrantes irregulares– y salvaguardar el orden público y la seguridad interior.
Los Estados miembros que lleven a cabo estos controles deberán replantearse cada semana si siguen siendo necesarios y adaptarlos al nivel de amenaza, suprimiéndolos progresivamente cuando proceda. Deberán informar mensualmente a la Comisión y al Consejo.
Antecedentes
Con arreglo al artículo 29 del Código de fronteras Schengen, la Comisión puede proponer una recomendación, que deberá adoptar el Consejo por mayoría cualificada, para restablecer los controles en la totalidad o en determinadas partes de la frontera de uno o más Estados miembros como último recurso. Los controles pueden establecerse durante un periodo máximo de seis meses y pueden prorrogarse por periodos adicionales de seis meses hasta un máximo de dos años.
El 4 de mayo de 2016, la Comisión consideró, en el contexto de la crisis migratoria, que se cumplían las condiciones para aplicar el artículo 29 del Código de fronteras Schengen y presentó una recomendación al Consejo. La situación se debía a graves deficiencias en la realización de los controles en determinadas partes de las fronteras exteriores de la UE, que ponían en peligro el funcionamiento de la totalidad del espacio Schengen.
El 12 de mayo de 2016, el Consejo recomendó a los cinco Estados de Schengen más afectados (Austria, Alemania, Dinamarca, Suecia y Noruega) que realizaran controles fronterizos proporcionados y temporales por un periodo máximo de seis meses con objeto de responder a la amenaza grave y salvaguardar el orden público y la seguridad interior, como consecuencia de los movimientos secundarios de migrantes irregulares.
Dada la fragilidad de la situación y la presión residual que subsistía en los Estados miembros más afectados por dichos movimientos, el 11 de noviembre de 2016, la Comisión recomendó a los cinco Estados Schengen que prorrogaran los controles proporcionados y temporales en sus fronteras durante un periodo máximo de tres meses.
El 25 de enero de 2017, la Comisión adoptó una propuesta de Decisión del Consejo por la que se recomendaba a los cinco Estados Schengen que prorrogaran los controles temporales en sus fronteras interiores por otro periodo máximo de tres meses.
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Última revisión: 13 de enero de 2024