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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 16 de diciembre de 2015 15:30

Emisiones nacionales de contaminantes: el Consejo aprueba su posición sobre nuevos límites de emisiones

El 16 de diciembre de 2015, el Consejo acordó una orientación general en relación con la directiva propuesta para reducir las emisiones nacionales de contaminantes (la denominada nueva Directiva TNC). Dicho acuerdo, alcanzado en el curso de la reunión del Consejo de Medio ambiente, servirá como base de negociación con el Parlamento Europeo en este expediente.

La citada propuesta legislativa revisa los techos anuales por países de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes, introduciendo nuevos compromisos de reducción desde 2020 a 2029 y desde 2030 en adelante.

Se trata de incidir en mayor medida en los riesgos para la salud y en las consecuencias sobre el medio ambiente que plantea la contaminación de la atmósfera, así como equiparar la legislación de la UE con los compromisos internacionales (a raíz de la revisión del Protocolo de Gotemburgo en 2012).

Contaminantes

La actual Directiva TNC fija límites nacionales para las emisiones de cuatro contaminantes (dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles y amoníaco). La posición del Consejo respecto de esta nueva directiva contiene también techos de emisión para un nuevo contaminante, las partículas finas, pero no para el metano, tal como proponía la Comisión. Este contaminante se excluyó del ámbito de aplicación de la directiva por temor a que se solapara con futuras medidas en materia de cambio climático y energía vinculadas a las emisiones de gases de efecto invernadero.

Compromisos nacionales de reducción de emisiones

Los compromisos nacionales de reducción de emisiones para cada uno de los contaminantes en el período comprendido entre 2020 y 2029 son idénticos tanto en la posición del Consejo como en el Protocolo de Gotemburgo revisado. No obstante, los compromisos de reducción a partir de 2030 son nuevos. Están basados en la evaluación técnica del potencial de reducción de cada país, en los cálculos nacionales de emisiones en 2030 y en el objetivo de reducir las consecuencias sobre la salud de la contaminación de la atmósfera.

Por lo que respecta a los niveles intermedios de emisión establecidos para 2025 propuestos por la Comisión, el Consejo introdujo la posibilidad de que los Estados miembros siguiesen una trayectoria no lineal en sus reducciones si ello es más eficiente.

Flexibilidad

El Consejo propone algún tipo de flexibilidad adicional para los Estados miembros. Por ejemplo, introduce la posibilidad de promediar las emisiones anuales mediante el cómputo de las emisiones del año anterior y las del siguiente. Esta posibilidad puede aplicarse cuando un Estado miembro no está en disposición de cumplir su objetivo para un año concreto, debido a temperaturas particularmente frías o cálidas o a variaciones económicas imprevistas.

También se propuso la posibilidad de compensar en algunos casos el incumplimiento respecto a un determinado contaminante con una reducción equivalente de otro durante un período limitado.

Además, podrá considerarse que un Estado miembro no ha dejado de cumplir sus obligaciones en caso de que sufra una interrupción o pérdida de capacidad súbita y excepcional en el suministro de energía o de calor.

Calendario y siguientes etapas

La Comisión presentó su propuesta como parte del conjunto legislativo sobre calidad del aire en diciembre de 2013. El Consejo celebró dos debates de orientación en junio de 2014 y en junio de 2015. El Parlamento Europeo votó su posición sobre la directiva propuesta en octubre de 2015. La orientación general del Consejo servirá como base para las negociaciones con el Parlamento Europeo, con vistas a alcanzar un acuerdo a corto plazo.

La presidenta del Consejo de Medio Ambiente, la ministra luxemburguesa Dieschbourg, ha declarado: «La contaminación del aire afecta a la salud de todos los ciudadanos. Es necesario actuar con urgencia para mejorar la calidad del aire en Europa. Tras unas difíciles negociaciones, alcanzamos hoy un texto transaccional equilibrado que cuenta con el apoyo de numerosos Estados miembros y que sigue siendo ambicioso. Deberíamos esforzarnos por conseguir un resultado que respete el nivel de ambición de la Directiva y el espíritu del Acuerdo de París sobre el clima».

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Última revisión: 13 de enero de 2024