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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 13 de octubre de 2017 20:10

Mejorar la gestión de los bosques y la tierra en la UE para contribuir a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y cumplir los compromisos de París

El 13 de octubre, el Consejo de Medio Ambiente ha acordado su posición de negociación (orientación general) sobre un Reglamento por el que se establecen nuevas normas de contabilización y compromisos vinculantes para los Estados miembros con el fin de velar por que el uso de la tierra y los bosques sea más sostenible y respetuoso con el clima durante el periodo 2021‑2030. Con ello se garantizará la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y una mayor protección del clima.

El sector del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura (UTCUTS), que abarca el uso de los suelos, los árboles, las plantas, la biomasa y la madera, presenta la peculiaridad de que no solo emite gases de efecto invernadero, sino que también es capaz de absorber CO₂ de la atmósfera.

El Reglamento garantizará que todas las emisiones y absorciones generadas por el sector UTCUTS sean tenidas en cuenta en el objetivo general de la UE de reducir las emisiones al menos en un 40 % de aquí a 2030, según lo acordado en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 y de acuerdo con los compromisos adquiridos en virtud del Acuerdo de París.

El sector UTCUTS, junto con otros sectores no incluidos en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, tendrá que contribuir a este objetivo reduciendo las emisiones en un 30 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 2005.

Con esta orientación general, el Consejo está preparado para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo a fin de alcanzar un acuerdo sobre el texto definitivo.

Nuestros bosques y tierras brindan grandes posibilidades de mitigar los efectos del cambio climático. Utilicémoslos con inteligencia y de un modo inocuo para el clima. Este Reglamento nos permitirá proteger mejor nuestros bosques y mejorar la gestión de nuestros recursos verdes. La consecución de ese objetivo es fundamental para nuestro planeta y nos acercará al cumplimiento de los compromisos que hemos adquirido en París con respecto al clima. Estamos preparados para iniciar las conversaciones con el Parlamento.

Siim Kiisler, ministro de Medio Ambiente de la República de Estonia

El Consejo refrenda en su posición los dos aspectos principales de la propuesta de la Comisión: las normas de contabilización actualizadas para garantizar que se tengan en cuenta todas las emisiones y las absorciones de este periodo y el compromiso de los Estados miembros de que las emisiones no superen a las absorciones (la «norma de deuda cero»).

El Consejo, al igual que la Comisión, considera importante velar por que cada Estado de la UE mantenga un equilibrio entre las emisiones totales de este sector y el volumen de absorción de CO₂ generado, por ejemplo, con nuevas plantaciones o mediante una mejora de la supervisión de los bosques, tierras agrícolas y pastizales nacionales. En su orientación general, el Consejo ha incluido también los elementos de flexibilidad propuestos para ayudar a los Estados miembros a cumplir esta norma.

No obstante, el Consejo quiere que los niveles de referencia forestal nacionales se determinen sobre la base del periodo histórico de referencia comprendido entre 2000 y 2009, en lugar del periodo 1990-2009 inicialmente propuesto por la Comisión.

Por otra parte, el Consejo ha acordado introducir un nuevo elemento de flexibilidad aplicable a las tierras forestales gestionadas, consistente en un mecanismo de compensación de hasta 360 millones de toneladas de CO2 equivalente durante diez años, que corresponde a la capacidad de absorción anual media del periodo 2000‑2009. El principal objetivo es ayudar a los Estados miembros que probablemente tengan dificultades para cumplir la «norma de deuda cero» a pesar de haber hecho esfuerzos con antelación para mantener o reforzar la capacidad de absorción de sus bosques.

Todos los Estados miembros podrán acogerse a este mecanismo durante el periodo 2021-2030. No obstante, deben cumplirse ciertas condiciones estrictas. Por ejemplo, para que puede utilizarse el mecanismo es necesario primero que la «norma de deuda cero» se cumpla para la UE en su conjunto. De este modo se preservará plenamente la ambición de la política climática de la UE.

Los Estados de la UE pueden recibir compensaciones con la condición de que sus bosques nacionales generen capacidad de absorción y hasta un importe preestablecido calculado para cada Estado miembro a partir de su capacidad de absorción media durante el periodo 2000-2009. Esta condición garantiza la integridad medioambiental del mecanismo.

El Consejo ha atendido a las circunstancias especiales de Finlandia adjudicándole una compensación adicional de 10 millones de toneladas de CO₂ equivalente para el periodo 2021‑2030.

Cronología y siguientes etapas

En sus Conclusiones de octubre de 2014, el Consejo Europeo llegó a un acuerdo sobre el marco de actuación de en materia de clima y energía hasta el año 2030 y estableció orientaciones claras para reducir las emisiones en la UE. Sobre esta base, la Comisión Europea presentó dos propuestas de Reglamentos relativos a los sectores que no están sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión: la propuesta UTCUTS y la propuesta «reparto del esfuerzo».

Los debates sobre los sectores no sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión han avanzado en paralelo en el Consejo, dados los numerosos vínculos entre las dos propuestas. El 17 de octubre de 2016 se celebró un debate de orientación en el Consejo de Medio Ambiente, y los ministros de Medio Ambiente de la UE recibieron información actualizada sobre el estado de la cuestión el 19 de diciembre de 2016. En junio de 2017, el Consejo de Medio Ambiente debatió los progresos realizados hasta entonces en relación con estos expedientes.

El Parlamento Europeo aprobó su posición sobre la propuesta UTCUTS en el pleno celebrado el 13 de septiembre de 2017.

Con la adopción hoy de la orientación general, pueden dar comienzo las negociaciones con el Parlamento Europeo.

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Última revisión: 14 de enero de 2024