- Consejo de la Unión Europea
- Comunicado de prensa
- 11 de mayo de 2015 21:50
Conclusiones del Consejo sobre la simplificación de la política agrícola común
El Consejo de la Unión Europea
1. RECORDANDO las iniciativas de simplificación llevadas a cabo anteriormente por el Consejo, la contribución a la simplificación lograda mediante el «chequeo» de la política agrícola común en 2008, así como las Conclusiones del Consejo de 13 de octubre de 2014, sobre la fiabilidad de los resultados de los controles del gasto agrícola por los Estados miembros (doc. 13616/14) y de 15 de diciembre de 2014, sobre el porcentaje de error en el gasto agrícola (doc. 16798/14);
2. CELEBRANDO que la Comisión vaya a dar prioridad a un ejercicio de simplificación en profundidad, así como el hecho de que haya propuesto ya o vaya a proponer en breve la simplificación de determinados actos de la Comisión;
3. RECORDANDO el compromiso de la Comisión de revisar las disposiciones de ecologización una vez transcurrido el primer año de aplicación, así como el apartado 67 de las Conclusiones del Consejo Europeo de febrero de 2013 (doc. EUCO 37/13);
4. DESTACANDO que la simplificación de la PAC constituye un objetivo compartido por las instituciones europeas, las administraciones nacionales, las partes interesadas, los agricultores y otros beneficiarios por igual; y SEÑALANDO que todos ellos tienen responsabilidad en la consecución de ese objetivo;
5. INSTANDO a la Comisión a que prosiga y profundice el debate sobre los proyectos de actos de la Comisión en lo que se refiere a la simplificación antes de que sean adoptados, pues el enfoque anticipado es el más eficaz para evitar la carga administrativa;
6. INSISTIENDO en que, al aplicar la PAC, deben tenerse más en cuenta los principios de subsidiariedad y proporcionalidad y que debe prestarse especial atención a lo siguiente:
- hacer que la legislación de la UE sea más fácil de entender y aplicar sobre el terreno, incrementando con ello la transparencia y la seguridad jurídica;
- tener debidamente en cuenta las situaciones nacionales y regionales específicas;
- reducir la carga administrativa y los gastos asociados para los agricultores y otros beneficiarios, las organizaciones de productores y las administraciones nacionales;
7. DESTACA que la simplificación de la PAC debe respetar los siguientes principios:
- mantener los objetivos políticos y los elementos principales de la PAC reformada, además de garantizar la estabilidad jurídica a los agricultores, de modo que la simplificación no conduzca a una desregulación ni a un acceso restringido a las ayudas de la PAC;
- no poner en riesgo la buena gestión financiera de los fondos de la UE;
- centrarse en los ámbitos donde tanto quienes aplican la PAC como sus beneficiarios se beneficien más en cuanto a reducción de carga administrativa, por ejemplo en lo relativo a los requisitos de información, control y presentación de informes;
- hacer más clara y coherente la legislación, en particular entre los pilares primero y segundo, cuando proceda, así como entre los actos de base, los actos de la Comisión y las directrices de la Comisión;
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Última revisión: 15 de enero de 2024