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Acuerdo posterior a Cotonú

El acuerdo posterior a Cotonú constituye el marco general para las relaciones de la UE con los países de África, el Caribe y el Pacífico.

El 15 de noviembre, tras su firma, el Acuerdo posterior a Cotonú se convirtió en el Acuerdo de Samoa.

El Acuerdo de Samoa constituye el marco general para las relaciones de la UE con los países de África, el Caribe y el Pacífico.

Un nuevo acuerdo de asociación UE-OEACP

El nuevo acuerdo de asociación constituirá el nuevo marco jurídico para las relaciones de la UE con 79 países, entre ellos 47 países de África, 16 países del Caribe y 15 países del Pacífico, además de la República de Maldivas.

El acuerdo tiene por objeto reforzar la capacidad de la UE y de los países ACP de afrontar juntos los retos mundiales.

Establece principios comunes y abarca los seis ámbitos prioritariossiguientes:

  • democracia y derechos humanos,
  • desarrollo y crecimiento económicos sostenibles,
  • cambio climático,
  • desarrollo humano y social,
  • paz y seguridad,
  • migración y movilidad.

El acuerdo incluirá una base común para el conjunto de los países ACP y tres protocolos regionales para África, el Caribe y el Pacífico, centrados en las necesidades específicas de cada región.

El 20 de julio de 2023, el Consejo dio luz verde a la firma y aplicación provisional del Acuerdo de Asociación, como nuevo marco legal para los próximos veinte años en sucesión al Acuerdo de Cotonú.

En los próximos meses la UE, sus Estados miembros y los miembros de la OEACP firmarán oficialmente el nuevo acuerdo. Su aplicación provisional comenzará el primer día del segundo mes siguiente a la firma.

El Acuerdo de Cotonú

El marco de asociación actual, el Acuerdo de Cotonú, se concluyó en 2000 para sustituir al Convenio de Lomé de 1975 por un periodo de veinte años.

El Acuerdo de Cotonú debía expirar inicialmente en febrero de 2020, pero se ha prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2021, a menos que antes de esa fecha se aplique provisionalmente o entre en vigor el nuevo acuerdo de asociación entre la UE y los países ACP.

La finalidad del Acuerdo de Cotonú es reducir y, en último término, erradicar la pobreza, así como contribuir a la integración gradual de los países ACP en la economía mundial.

Se basa en tres pilares:

  • la cooperación para el desarrollo,
  • la cooperación económica y comercial,
  • la dimensión política.
Relaciones de la UE con los países de África, el Caribe y el Pacífico.
Relaciones de la UE con los países de África, el Caribe y el Pacífico (Infografía)

Relaciones de la UE con los países de África, el Caribe y el Pacífico (Infografía)

Instituciones conjuntas (Acuerdo de Cotonú)

El Consejo de Ministros ACP-UE es la institución suprema de la asociación ACP-UE. Se reúne una vez al año, alternativamente en Bruselas y en un país ACP, y está compuesta por:

  • los miembros del Consejo de la UE,
  • un miembro de la Comisión,
  • un miembro del Gobierno de cada Estado ACP.

El Comité de Embajadores ACP-UE asiste al Consejo de Ministros y supervisa la aplicación del Acuerdo de Cotonú.

El Comité ACP-UE de Cooperación para la Financiación del Desarrollo examina la aplicación de la cooperación para la financiación del desarrollo y supervisa los avances.

El Comité Ministerial Comercial Mixto ACP-UE trata las cuestiones relacionadas con el comercio que sean de interés para todos los Estados ACP y supervisa las negociaciones y la aplicación de los Acuerdos de Asociación Económica. Examina asimismo la repercusión de las negociaciones comerciales multilaterales en el comercio ACP-UE y en el desarrollo de las economías ACP.

La Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE es un órgano consultivo compuesto por un número igual de representantes de la UE y de los países ACP. La Asamblea fomenta los procesos democráticos y facilita un mayor entendimiento entre los pueblos de la UE y los de los Estados ACP. Además, estudia los asuntos tocantes al desarrollo y a la asociación ACP-UE, como los Acuerdos de Asociación Económica.

Ámbitos de actividad actuales

1. Desarrollo

La UE apoya programas e iniciativas que benefician a muchos países del grupo de Estados ACP. También cuenta con programas destinados a impulsar el crecimiento económico regional y el desarrollo de determinadas regiones de los países ACP.

En el marco del nuevo presupuesto a largo plazo de la UE para el período 2021-2027, la UE financia la mayoría de sus programas de desarrollo para los países socios ACP por medio del Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional - Una Europa global (IVDCI). Se asignará al IVDCI una dotación financiera total de alrededor de 79 500 millones de euros (a precios corrientes). El Fondo Europeo de Desarrollo (FED), que se financia mediante contribuciones directas de los Estados miembros, deja de existir a partir de 2021.

2. Comercio

La UE ha negociado una serie de acuerdos de asociación económica (AAE) con los setenta y nueve países ACP, cuyo objeto es crear una asociación común de comercio y desarrollo respaldada por la ayuda para el desarrollo.

El Consejo confiere a la Comisión el mandato para negociar estos acuerdos y tiene que firmar el acuerdo final una vez ultimado.

Acuerdos de asociación económica con los países africanos

Las negociaciones sobre el AAE regional con los dieciséis Estados de África Occidental, la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO) y la Unión Económica y Monetaria del África Occidental (UEMAO) concluyeron en julio de 2014. El proceso de firma se encuentra actualmente en curso. Antes de la adopción del AAE regional global con África Occidental, comenzaron a aplicarse provisionalmente los acuerdos de asociación económica «interinos» con Costa de Marfil y Ghana el 3 de septiembre de 2016 y el 15 de diciembre de 2016, respectivamente.

También en julio de 2014 concluyeron con éxito las negociaciones con los países de la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional. El acuerdo se firmó el 10 de junio de 2016 en Kasane (Botsuana) y empezó a aplicarse provisionalmente el 10 de octubre de 2016.

En octubre de 2014 concluyeron con éxito las negociaciones con la Comunidad del África Oriental. El proceso de firma se encuentra actualmente en curso.

Camerún fue el único país de la región que firmó el Acuerdo de Asociación Económica entre la UE y África Central el 15 de enero de 2009. El 4 de agosto de 2014, el acuerdo pasó a aplicarse provisionalmente.

En la región del África Oriental y Meridional, Mauricio, Seychelles, Zimbabue y Madagascar firmaron un Acuerdo de Asociación Económica en 2009. El acuerdo viene aplicándose con carácter provisional desde el 14 de mayo de 2012.

Acuerdo de Asociación Económica en la región del Caribe

En octubre de 2008, la UE firmó un Acuerdo de Asociación Económica con el Foro del Caribe (Cariforum), un grupo de quince Estados caribeños. El Acuerdo de Asociación Económica entre el Cariforum y la UE viene aplicándose con carácter provisional desde el 29 de diciembre de 2008.

Acuerdo de Asociación Económica en la región del Pacífico

El Acuerdo de Asociación Económica interino entre la UE y los Estados ACP del Pacífico fue firmado por Papúa Nueva Guinea en julio de 2009 y por Fiyi en diciembre de 2009. Papúa Nueva Guinea lo ratificó en mayo de 2011. En julio de 2014, Fiyi decidió empezar a aplicar provisionalmente el acuerdo. De los catorce países del Pacífico, Papúa Nueva Guinea y Fiyi representan el grueso del comercio entre la UE y el Pacífico. Samoa se adhirió al AAE el 21 de diciembre de 2018, y las Islas Salomón lo hicieron el 17 de mayo de 2020.

3. Migración

La migración es un aspecto importante de las relaciones UE-ACP. El marco de cooperación en este ámbito está establecido en el artículo 13 del Acuerdo de Cotonú.

Este artículo contiene apartados relativos a las condiciones en los países de origen y de tránsito, la migración legal y el retorno de los inmigrantes ilegales.

En noviembre de 2015, los dirigentes de la UE y los dirigentes africanos de los países más afectados celebraron una cumbre para reforzar la cooperación política en materia de migración. Acordaron un plan de acción que constaba de dieciséis acciones concretas. Además, en la cumbre también se puso en marcha el Fondo Fiduciario de Emergencia de la UE para la estabilidad y para abordar las causas profundas de la migración irregular y del desplazamiento de personas en África.

Respuesta a las presiones migratorias

El Consejo Europeo y el Consejo trabajan para establecer una política europea global en materia de migración.

4. Procedimiento de consulta (artículo 96)

El Acuerdo de Cotonú establece un procedimiento que puede utilizarse en caso de que una de las Partes no cumpla con los elementos esenciales de la asociación. Son, en particular, el respeto de los derechos humanos, de los principios democráticos y del Estado de Derecho.

El objetivo de este procedimiento es restablecer una relación normal entre los socios. Si no se llega a un acuerdo, la parte que haya iniciado el procedimiento puede tomar medidas en relación con proyectos de cooperación y ayuda al desarrollo.

Por parte de la UE, el Consejo puede poner en marcha este proceso mediante una invitación a consultas. Dirigirá las consultas y adoptará la decisión por la que se les pone fin.