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  • Consejo de la Unión Europea
  • Comunicado de prensa
  • 30 de junio de 2017 12:05

Sistema de Entradas y Salidas: el Consejo confirma el acuerdo entre la Presidencia y el Parlamento Europeo sobre las principales disposiciones políticas

El 30 de junio de 2017, los representantes permanentes de la UE han confirmado el acuerdo alcanzado el 29 de junio por la Presidencia maltesa del Consejo y los representantes del Parlamento Europeo sobre los aspectos políticos de una propuesta de Sistema de Entradas y Salidas y una propuesta de modificación del Código de fronteras Schengen en relación con el Sistema de Entradas y Salidas, con vistas a un acuerdo global una vez que se hayan resuelto las cuestiones técnicas pendientes. Este sistema permitirá registrar los datos de las entradas, salidas y denegaciones de entrada relativos a los nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores del espacio Schengen.

El Sistema de Entradas y Salidas contribuirá a:

  • reducir los retrasos en los controles fronterizos y mejorar la calidad de dichos controles gracias al cálculo automático de la estancia autorizada de cada viajero
  • asegurar una identificación sistemática y fiable de las personas que rebasan la duración de estancia autorizada
  • reforzar la seguridad interior y la lucha contra el terrorismo permitiendo el acceso de las autoridades policiales a los registros de historiales de viaje
«El Sistema de Entradas y Salidas forma parte de los esfuerzos de la UE para reforzar el control de nuestras fronteras exteriores. Nos permitirá gestionar mejor los flujos migratorios, en particular en caso de rebasamiento del tiempo de estancia autorizado, y responder mejor a la amenaza terrorista actual.» Michael Farrugia, ministro del Interior y de Seguridad Nacional de Malta

En el acuerdo político transaccional alcanzado sobre el Sistema de Entradas y Salidas se prevén varios elementos importantes, entre los cuales figuran los siguientes:

Información que se conservará

El sistema de entradas y salidas se aplicará a los nacionales de terceros países admitidos para estancias de corta duración (hasta 90 días durante cualquier periodo de 180 días), tanto si necesitan visado como si están exentos de este requisito. Se registrarán en el sistema su entrada, salida o denegación de entrada.

También se conservará en él información sobre su identidad y sus documentos de viaje, así como datos biométricos (cuatro impresiones dactilares y la imagen facial).

El proyecto de Reglamento también prevé la interoperabilidad entre el Sistema de Entradas y Salidas y el Sistema de Información de Visados respecto de los nacionales de terceros países que estén sujetos a la obligación de visado para cruzar la frontera exterior de la UE; la interoperabilidad garantizará la rapidez y eficacia de los controles fronterizos.

El Sistema de Entradas y Salidas está constituido por una base de datos central en la que se almacena la información y que está conectada a interfaces nacionales uniformes.

Los datos relativos a los nacionales de terceros países se conservarán a efectos de gestión fronteriza por un periodo de cinco años en el caso de las personas que rebasen la duración de estancia autorizada y de tres años en los demás.

Acceso a la información

Podrán acceder a la información almacenada en el Sistema de Entradas y Salidas las autoridades fronterizas, las autoridades competentes en materia de visados y las autoridades encargadas de comprobar dentro de los Estados miembros si los nacionales de terceros países cumplen las condiciones de entrada o estancia.

Los datos almacenados en el Sistema de Entradas y Salidas también estarán a disposición de las autoridades designadas y de Europol, a efectos de prevención, detección o investigación de delitos de terrorismo u otros delitos graves, en las condiciones establecidas en el Reglamento.

El acceso a los datos contenidos en el Sistema de Entradas y Salidas y el tratamiento de dichos datos deberán ser, en todo caso, proporcionados y necesarios para el desempeño de los cometidos de las autoridades competentes.

Siguientes etapas

Los trabajos a nivel técnico proseguirán en los próximos días para ultimar el texto de los dos proyectos de Reglamento. El acuerdo global se remitirá a continuación a los representantes permanentes de la UE para que lo refrenden en nombre del Consejo. Los futuros Reglamentos se remitirán después al Parlamento Europeo para que los vote en primera lectura, y posteriormente al Consejo para su adopción.

Antecedentes

La propuesta de Reglamento es una versión revisada de un conjunto de propuestas legislativas que presentó la Comisión en febrero de 2013. Al haber formulado los colegisladores objeciones de carácter técnico, financiero y operativo sobre determinados aspectos de las propuestas de 2013, la Comisión llevó a cabo un estudio técnico, al que siguió un proyecto piloto encomendado a eu-LISA, la agencia de la UE para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud. Basándose en los resultados de esta fase preparatoria, la Comisión presentó una propuesta revisada el 6 de abril de 2016.

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Última revisión: 13 de enero de 2024