Los acuerdos internacionales y la función del Consejo
Descubra la función central que desempeña el Consejo en los acuerdos internacionales con países, regiones y organizaciones internacionales no pertenecientes a la UE, y por qué y de qué manera celebra estos acuerdos la UE.
Qué hace el Consejo en los acuerdos internacionales
El Consejo de la UE desempeña una función central en la negociación y celebración de acuerdos. Participa en todas las fases del procedimiento, desde la concesión del mandato de negociación al negociador (normalmente la Comisión) hasta la autorización de la firma del acuerdo y la adopción de la decisión final sobre el consentimiento de la UE en obligarse por él.
El Consejo adopta principalmente las decisiones relativas a acuerdos internacionales por mayoría cualificada. Sin embargo, vota por unanimidad en ámbitos en los que esta es necesaria para adoptar legislación de la UE, como la fiscalidad, y para categorías concretas de acuerdos, como los acuerdos de asociación.
La función de las instituciones de la UE en la negociación y celebración de acuerdos internacionales y las etapas del procedimiento se establecen en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Numerosos órganos preparatorios del Consejo contribuyen a la preparación, negociación y celebración de acuerdos internacionales, entre ellos el Comité de Representantes Permanentes (Coreper), el Comité de Política Comercial y los grupos de trabajo centrados en ámbitos geográficos o estratégicos específicos.
Por qué la UE participa en acuerdos internacionales
Los acuerdos internacionales son cruciales para la UE, ya que promueven sus objetivos estratégicos, fomentan sus intereses económicos y refuerzan su influencia internacional mediante la defensa de sus valores en la escena mundial.
Pueden abordar ámbitos amplios, como el comercio, la cooperación y el desarrollo, o ámbitos específicos, como la pesca, las aduanas, el transporte, la ciencia y la tecnología.
Los acuerdos internacionales impulsan la cooperación mundial y son un instrumento esencial para mantener la estabilidad, la previsibilidad, la seguridad y la equidad en todo el mundo. Contribuyen a preservar un orden internacional basado en normas, ya que establecen reglas y normas comunes.
Al actuar de forma unitaria dentro de la Unión Europea, los Estados miembros de la UE se benefician de un mayor poder de negociación cuando se celebran acuerdos con terceros.
Tipos de acuerdos internacionales
La UE ha negociado y celebrado más de mil acuerdos con uno o más países que no pertenecen a la UE y con organizaciones internacionales, como la OMC o las Naciones Unidas.
Entre los tipos más comunes de acuerdos celebrados por la UE se incluyen:
- los acuerdos de asociación,
- los acuerdos de libre comercio,
- los acuerdos de asociación económica,
- los acuerdos de colaboración y cooperación.
La UE puede celebrar acuerdos internacionales, siempre y cuando su celebración:
- esté prevista en los Tratados;
- sea necesaria para alcanzar uno de los objetivos estratégicos de la UE mencionados en los Tratados;
- esté prevista en un acto jurídicamente vinculante de la UE;
- pueda afectar a normas comunes o alterar el alcance de las mismas.
Los acuerdos internacionales celebrados por la UE, como persona jurídica, son vinculantes para sus instituciones y Estados miembros.
Forman parte integrante del Derecho de la Unión y pertenecen a una categoría propia, al margen del Derecho primario (Tratados de la UE) y del Derecho derivado (reglamentos y directivas). Su valor jurídico es superior al del Derecho derivado, que debe, por tanto, atenerse a ellos.
Suspensión de acuerdos internacionales
Tomando como base una propuesta de la Comisión o del Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, el Consejo puede adoptar una decisión para suspender parcial o totalmente la aplicación de un acuerdo internacional o para poner fin a un acuerdo debido a una situación particular. Cabe citar:
- la suspensión del acuerdo de facilitación de visados con Rusia en respuesta a la invasión a gran escala de Ucrania (2022);
- la suspensión del acuerdo de facilitación de visados con Bielorrusia en respuesta a los ataques híbridos lanzados por el régimen de Lukashenka (2021);
- la suspensión parcial del acuerdo de cooperación con Siria en respuesta a las violaciones de los derechos humanos cometidas por el régimen sirio (2011);
- la suspensión de partes del Acuerdo de Cotonú con Zimbabue debido a las preocupaciones persistentes sobre los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho (2010).
Véase también
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Únicamente disponible, en estos momentos, en la(s) siguiente(s) lengua(s):
- Base de datos de acuerdos internacionales (Diario Oficial de la UE)
- Reparto de competencias en la Unión Europea (Diario Oficial de la UE)
- Acuerdos comerciales de la UE
Última revisión: 23 de febrero de 2026