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Propuestas técnicas

En síntesis

El denominado «pilar técnico» del cuarto paquete ferroviario incluye las actualizaciones de tres importantes textos legislativos vigentes. Los cambios tienen por objetivo reducir los gastos administrativos para las empresas ferroviarias y facilitar la entrada en el mercado ferroviario a nuevos operadores. Uno de los principales cambios se refiere a la Agencia Ferroviaria Europea (AFE). Actualmente, esta Agencia desempeña un papel fundamental en la promoción de la interoperabilidad y la armonización de las normas técnicas para todo el mercado de la UE. Sin embargo, hay normas técnicas y de seguridad de alcance nacional que conviven con las normas de la UE dictadas por la AFE, lo que genera una complejidad innecesaria para las empresas ferroviarias. Las revisiones propuestas harían de la AFE el único organismo responsable de la expedición de autorizaciones de vehículos y certificados de seguridad en toda la UE.

Además de las modificaciones de las responsabilidades de la AFE, el cuarto paquete ferroviario introduce también actualizaciones de la legislación vigente en materia de interoperabilidad y de seguridad ferroviaria. Estas modificaciones tienen como objetivo eliminar los obstáculos administrativos y técnicos que subsisten para la creación de un Espacio Ferroviario Europeo único.

En detalle

1. Propuesta relativa a la Agencia Ferroviaria Europea - 2013/0014 (COD)

Actualmente, los procedimientos de autorización de nuevos vehículos ferroviarios pueden durar hasta dos años y costar hasta 6 millones de euros. Los operadores ferroviarios deben además abonar a la autoridad nacional de seguridad el coste del proceso de aprobación.

Esto dificulta la incorporación al mercado de nuevos operadores y de nuevos fabricantes de vehículos.

La AFE se encarga actualmente de redactar las especificaciones técnicas de interoperabilidad (ETI) de la UE y de proponer métodos y objetivos de seguridad con miras a la seguridad del transporte ferroviario. Sin embargo, a pesar de la existencia de normas armonizadas, las autorizaciones de vehículos y los certificados de seguridad siguen siendo expedidos por los Estados miembros.

Conforme a los cambios propuestos, la AFE tendría la responsabilidad exclusiva de la expedición de autorizaciones de vehículos ferroviarios, de certificados de seguridad para las empresas ferroviarias y de las autorizaciones de los sistemas de control-mando y señalización en las vías. Se le atribuirían además nuevas funciones, como:

  • el control de las normas ferroviarias nacionales y de la actividad de las autoridades nacionales en materia de interoperabilidad y seguridad ferroviaria
  • la prestación de asistencia técnica independiente y objetiva, en particular a la Comisión Europea
  • un mayor papel a la hora de garantizar el desarrollo continuado y el despliegue rápido de las aplicaciones telemáticas
  • un papel más importante a la hora de garantizar el desarrollo continuado del Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS)

La propuesta incluye asimismo mejoras de la estructura de gobernanza de la AFE y de sus métodos de funcionamiento interno.

2. Propuesta sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario de la UE - 2013/0015 (COD)

La Directiva vigente (2008/57) se introdujo con el fin de garantizar la normalización técnica de las redes ferroviarias y su interoperabilidad - un factor clave para el desarrollo y el establecimiento de redes ferroviarias transeuropeas. Los cambios propuestos establecen un enfoque común de las normas de interoperabilidad, que incrementaría las economías de escala de las empresas ferroviarias. Además, los cambios agilizarían los procedimientos administrativos, dando lugar a la reducción de los costes administrativos. Por otra parte, la revisión pondría a la Directiva de 2008 en consonancia con otros elementos del cuarto paquete ferroviario, y en especial con la propuesta de revisión de la función de la AFE.

En particular, la propuesta contiene una nueva disposición en las especificaciones técnicas de interoperabilidad (ETI) para cubrir los subsistemas existentes. Esto permite también que los operadores ferroviarios comprueben la compatibilidad entre los vehículos y las rutas en que vayan a emplearse esos vehículos. Entre las restantes modificaciones cabe mencionar:

  • aclaración del uso de dictámenes de la AFE en espera de la modificación de las ETI cuando se observen deficiencias
  • reducción de los casos de posible no aplicación de las ETI
  • una nueva disposición sobre la autorización de vehículos con vistas a su comercialización
  • aclaración de la función de los operadores ferroviarios y los administradores de infraestructuras en la comprobación de la compatibilidad técnica entre un vehículo y una ruta

3. Propuesta de modificación de la Directiva de seguridad ferroviaria - 2013/0016 (COD)

La Directiva vigente (2004/49) estableció un marco de seguridad ferroviaria, pero no llegó a introducir un certificado único de seguridad. El cuarto paquete ferroviario propone que la UE avance en la dirección de un certificado único de seguridad expedido por la Agencia Ferroviaria Europea (AFE). Ello supone la necesidad de actualizar la Directiva de 2004, para revisar la función de las autoridades nacionales de seguridad y reasignar las responsabilidades entre estas y la AFE. Las modificaciones propuestas responden asimismo a los cambios recientes habidos en el mercado ferroviario, y velan por la utilización de medidas adecuadas de control de la seguridad y de los riesgos.

En particular, la Directiva revisada pretende:

  • facilitar la creación y la aplicación de un certificado único de seguridad de la UE, a la vez que solo se concederá el acceso a la infraestructura ferroviaria a los operadores ferroviarios que posean el certificado de seguridad
  • tener en cuenta la evolución del mercado ferroviario, como la creciente externalización de los servicios y la disminución de los controles internos
  • adaptar su ámbito de aplicación y sus definiciones de acuerdo con la Directiva de interoperabilidad revisada
  • aclarar la cooperación entre los organismos de investigación nacionales y las autoridades judiciales durante las investigaciones consecutivas a un accidente

En el Consejo

El 10 de diciembre de 2015, el Consejo adoptó su posición en primera lectura sobre los tres proyectos de Directiva. Ahora el Parlamento Europeo ha de aprobarlos formalmente en segunda lectura.

El Consejo adoptó por separado textos de orientaciones generales relativos a cada una de las tres propuestas en las sesiones del Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía (TTE) de junio de 2013, octubre de 2013 y marzo de 2014. A continuación, se llegó a un acuerdo político sobre las tres propuestas el 5 de junio de 2014. Tras una serie de deliberaciones mantenidas en el diálogo tripartito informal, el Consejo y el Parlamento Europeo llegaron a un acuerdo provisional sobre las tres propuestas técnicas el 17 de junio de 2015. Dicho acuerdo fue confirmado por los Estados miembros el 30 de junio de 2015 en una reunión del Coreper.

1. Propuesta relativa a la Agencia Ferroviaria Europea

El Consejo adoptó una orientación general el 14 de marzo de 2014, e introdujo en ella varios cambios respecto de la propuesta inicial, entre ellos:

  • la modificación de la función de la AFE en el examen de las normas nacionales en relación con la seguridad y la interoperabilidad ferroviarias
  • una mayor aclaración de los casos en que la Comisión podrá adoptar una decisión respecto de las normas nacionales

Además, el texto del Consejo examina el proceso de tratamiento de las deficiencias en las tareas de las autoridades nacionales en materia de seguridad e interoperabilidad, las tasas que la AFE deberá percibir por los servicios que preste, y la creación de un sistema de recurso.

El 26 de febrero de 2014, el Parlamento Europeo adoptó su posición en primera lectura sobre los seis actos legislativos incluidos en el cuarto paquete ferroviario.

2. Propuesta sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario de la UE

El Consejo adoptó una orientación general el 10 de junio de 2013, en la que introdujo varios cambios respecto de la propuesta inicial. El Consejo propone modificaciones de las responsabilidades de las autoridades nacionales de seguridad y de la AFE en relación con el proceso de autorización de vehículos. El texto del Consejo contempla un doble sistema de autorizaciones con una clara delimitación de funciones y responsabilidades entre la AFE y las autoridades nacionales de seguridad. La AFE expediría autorizaciones de vehículos para su uso en operaciones transfronterizas, basándose en evaluaciones efectuadas por las autoridades nacionales.

3. Propuesta sobre seguridad ferroviaria

El Consejo adoptó una orientación general el 10 de octubre de 2013, en la que introdujo varios cambios respecto de la propuesta inicial. El texto aprobado por el Consejo contempla un doble sistema de certificación de la seguridad que introduce un certificado único de seguridad. Este doble sistema haría de la AFE una ventanilla única para las empresas ferroviarias que operen en varios Estados miembros. No obstante, las autoridades nacionales seguirían ejerciendo una función esencial en la realización de las evaluaciones necesarias para la expedición del certificado de seguridad. En caso de que la empresa ferroviaria opere en un solo Estado miembro, el Consejo propone que puedan escoger entre enviar la solicitud de certificación a la AFE o a la autoridad nacional de seguridad pertinente.