Acuerdo sobre el programa nuclear de Irán
El Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) pretende garantizar que el programa nuclear de Irán sea exclusivamente pacífico. Establece el calendario y las disposiciones para el levantamiento de las sanciones contra Irán relacionadas con la energía nuclear.
Plan de Acción Integral Conjunto
El Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) pretende garantizar que el programa nuclear de Irán sea exclusivamente pacífico.
Establece el calendario y las disposiciones para el levantamiento de las sanciones contra Irán relacionadas con la energía nuclear, en consonancia con la posición de la UE de que nunca debe permitirse que Irán adquiera armas nucleares y de que el país debe cumplir las obligaciones jurídicamente vinculantes en materia de salvaguardias nucleares que le incumben en virtud del Tratado de No Proliferación.
Día de finalización
El 20 de julio de 2015, en su Resolución 2231 (2015), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas refrendó el acuerdo sobre el programa nuclear de Irán, conocido como Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC). El 31 de julio, el Consejo de la UE adoptó los actos jurídicos por los que se incorporaba la primera de las disposiciones de esa Resolución a la legislación de la UE.
Esos actos disponían, en particular, que las sanciones dejaran de aplicarse al suministro de materiales, equipos o asistencia relacionados con:
- la modificación de dos cascadas de la planta de Fordow para la producción de isótopos estables;
- la modernización del reactor de Arak;
- la exportación de uranio enriquecido iraní por encima del límite de 300 kilogramos a cambio de uranio natural.
También preveían exenciones para actividades y transferencias:
- necesarias para la aplicación de determinadas medidas relativas a la energía nuclear especificadas en el PAIC;
- necesarias para preparar la aplicación del PAIC;
- que el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas considerara coherentes con los objetivos de la Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Estas exenciones debían aprobarse caso por caso.
- Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (Naciones Unidas)
- Irán: la UE comienza a aplicar el Plan de Acción Integral Conjunto (comunicado de prensa, 31.7.2015)
- Decisión (PESC) 2015/1336 del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Reglamento (UE) 2015/1327 del Consejo relativo a medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
Día de aprobación
El 18 de octubre, 90 días después de la aprobación de la Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el PAIC entró en vigor. Los participantes en el PAIC hicieron los preparativos y ajustes necesarios para aplicar los compromisos contraídos en virtud del Plan.
La UE adoptó actos jurídicos en los que se disponía el levantamiento de todas las sanciones económicas y financieras de la UE relacionadas con la energía nuclear, tal como especificaba el PAIC. El levantamiento entraría en vigor el día de aplicación, de forma simultánea a la adopción por parte de Irán, bajo la supervisión del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), de las medidas relacionadas con la energía nuclear acordadas.
- Reglamento (UE) 2015/1861 del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1862 del Consejo por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Decisión (PESC) 2015/1863 del Consejo por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Declaración del Consejo, 18.10.2015
Día de aplicación
El 16 de enero de 2016, una vez que el OIEA hubo verificado la aplicación por parte de Irán de las medidas relacionadas con la energía nuclear, se levantó la mayor parte de las sanciones de la UE y de las Naciones Unidas. La UE levantó todas las sanciones económicas y financieras relacionadas con la energía nuclear.
No obstante, siguieron vigentes algunas restricciones, entre ellas las restricciones a la transferencia de bienes estratégicos relacionados con la proliferación, los embargos de armas y misiles balísticos y las medidas restrictivas contra algunas personas y entidades sancionadas.
- Decisión (PESC) 2016/37 del Consejo relativa a la fecha de aplicación de la Decisión (PESC) 2015/1863 por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Plan de Acción Integral Conjunto, anexo II, punto 3: Efectos del levantamiento de las sanciones económicas y financieras impuestas por la UE (Servicio Europeo de Acción Exterior)
- Nota informativa sobre el levantamiento de las sanciones de la UE en el marco del PAIC (Servicio Europeo de Acción Exterior)
Retirada de los Estados Unidos
El 8 de mayo de 2018, el presidente de los Estados Unidos anunció que ese país se retiraba del PAIC. Por lo tanto, el 9 de mayo, los Estados Unidos dejaron de participar en toda actividad o reunión relacionada con el PAIC.
El 21 de diciembre de 2020, los participantes en el PAIC reconocieron a nivel ministerial la posibilidad de que los Estados Unidos volvieran a adherirse al PAIC y subrayaron su disposición a realizar un esfuerzo conjunto a fin de abordar esta cuestión de forma positiva.
Día de transición
Según lo dispuesto en el PAIC, la UE levantaría las sanciones relacionadas con la proliferación ocho años después del día de aprobación o cuando el OIEA publicara un informe en el que declarase haber llegado a la conclusión más amplia de que todo el material nuclear presente en Irán seguía adscrito a actividades pacíficas, si esto ocurría antes.
A la luz del incumplimiento por parte de Irán de los compromisos contraídos en el marco del PAIC, el 18 de octubre de 2023 (día de transición del acuerdo), el Consejo decidió mantener sus sanciones contra Irán.
El Consejo acordó mantener las designaciones de personas y entidades implicadas en actividades nucleares o relacionadas con misiles balísticos o afiliadas al Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica.
El Consejo acordó también mantener las medidas sectoriales e individuales en el marco del régimen de sanciones de la UE.
- Decisión (PESC) 2023/2195 del Consejo por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (Diario Oficial de la UE)
- Irán: el Consejo mantiene las medidas restrictivas del régimen de no proliferación tras la fecha de transición del PAIC (comunicado de prensa, 17.10.2023)
Día de terminación
Según lo dispuesto en el PAIC, al cumplirse diez años del día de aprobación (es decir, el 18 de octubre de 2025), tendría que haberse producido la terminación de todas las sanciones restantes de las Naciones Unidas y de la UE contra Irán.
Sin embargo, a la luz del incumplimiento por parte de Irán de los compromisos contraídos en el marco del PAIC, el 28 de septiembre de 2025 el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió volver a imponer todas las sanciones que había levantado en 2016. Esa reactivación concluye el proceso de reversión automática iniciado el 28 de agosto de 2025 por Alemania, Francia y el Reino Unido.
A raíz de la decisión de las Naciones Unidas, el 29 de septiembre de 2025 el Consejo volvió a imponer todas las sanciones relacionadas con la energía nuclear contra Irán que se habían levantado en 2016. Las medidas incluyen tanto las sanciones de las Naciones Unidas incorporadas automáticamente al Derecho de la UE como las medidas autónomas de la Unión.
Las sanciones impuestas por la UE habida cuenta de la situación de los derechos humanos en Irán, del apoyo a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y por otros motivos no forman parte del PAIC y siguen en vigor.
El Plan de Acción Integral Conjunto completo y otros documentos pertinentes
- Plan de Acción Integral Conjunto
- Plan de Acción Integral Conjunto - Anexo I: Medidas relacionadas con la energía nuclear
- Plan de Acción Integral Conjunto - Anexo II: Compromisos relacionados con las sanciones
- Plan de Acción Integral Conjunto - Apéndices del anexo II: Personas y entidades incluidas en las listas
- Plan de Acción Integral Conjunto - Anexo III: Cooperación nuclear civil
- Plan de Acción Integral Conjunto - Anexo IV: Comisión Conjunta
- Plan de Acción Integral Conjunto - Anexo V: Plan de Aplicación
Véase también
Cronología – Sanciones contra las actividades de proliferación nuclear de Irán
Sanciones contra las actividades de proliferación nuclear de Irán
¿Por qué adopta sanciones la UE?
Última revisión: 29 de septiembre de 2025