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Desplazamiento de trabajadores

La UE fija normas para garantizar la protección de trabajadores desplazados y proteger al tiempo la libertad de prestar servicios transfronterizos

¿Qué es un trabajador desplazado?

Un «trabajador desplazado» en un empleado enviado temporalmente por su empleador a prestar un servicio en un Estado miembro distinto de aquel en el que trabaja normalmente.

Una vez finalizado el desplazamiento, el trabajador desplazado regresa al país de la UE desde el que fue desplazado.

El desplazamiento de trabajadores se basa en el principio de libertad de circulación de los servicios dentro de la UE, una de las cuatro libertades del mercado único.

Principales sectores para los trabajadores desplazados

Construcción

Fabricación

Transporte (carretera/mercancías)

Explotación de almacenes de depósito

Servicios financieros, profesionales, científicos y administrativos

Actividades sanitarias y de servicios sociales

La normativa de la UE sobre el desplazamiento de los trabajadores

La UE ha fijado normas para velar por la protección en toda la UE de los derechos y las condiciones de trabajo de los trabajadores desplazados y para garantizar la igualdad de condiciones entre las empresas de origen y de acogida, al tiempo que se respeta el principio de libertad de circulación de los servicios.

Condiciones de trabajo

Las condiciones que se aplicarán a los trabajadores desplazados serán las de aquel país que ofrezca las condiciones más ventajosas.

Esto significa que los trabajadores desplazados estarán sujetos a la normativa de su país de acogida si esta proporciona más ventajas que la de su país de origen. En tal caso, su empleador debe cumplir con la normativa básica del país de acogida en materia de protección de los empleados y de condiciones de empleo en lo que respecta a, por ejemplo:

  • la remuneración,
  • los períodos máximos de trabajo,
  • la duración mínima de las vacaciones anuales retribuidas,
  • la igualdad de trato entre hombres y mujeres,
  • la asignación para gastos de viaje.

Si los términos y condiciones son más favorables en el país de origen del trabajador desplazado, el empleador debe seguir aplicando los términos y condiciones del país de origen mientras dure el desplazamiento.

Los derechos y obligaciones de los trabajadores desplazados

Los trabajadores desplazados seguirán estando asegurados en su país de origen y no es necesario el registro en el organismo de la seguridad social de su país de acogida.

No obstante, antes de empezar a trabajar en el país de acogida deberán solicitar a la autoridad de la seguridad social de su país de origen la emisión de un certificado (documento portátil A1) que acredite que están asegurados en su país de origen. Esta obligación no se aplica para viajes de negocios y actividades cortas (hasta 3 días consecutivos de trabajo en un período de 30 días). Esta excepción no se aplica al sector de la construcción.

Agencias de trabajo temporal

Las agencias de trabajo temporal deben garantizar a los trabajadores desplazados las mismas condiciones de empleo que a los trabajadores temporales contratados en el Estado miembro en el que se realice el trabajo.

Desplazamientos de larga duración

En casos en que un trabajador sea desplazado durante más de 12 meses (o 18 meses en casos excepcionales), casi todos los aspectos de la legislación laboral del país de acogida le serán de aplicación. Si el desplazamiento dura más de 24 meses, estarán sujetos al régimen de seguridad social del Estado miembro de acogida.

La declaración electrónica para los trabajadores desplazados

Para asegurar el cumplimiento de la legislación de la UE que tiene por objeto garantizar la protección de los trabajadores desplazados, se podrá exigir a los empleadores en un país de la UE que envíen una notificación («una declaración de desplazamiento») a las autoridades del país de acogida antes que comience el desplazamiento o, a más tardar, cuando este empiece. Todos los países de la UE han fijado esta obligación.

La UE está trabajando en la plena digitalización de las declaraciones de desplazamiento mediante el establecimiento de una interfaz en línea común para que las empresas ya no deban rellenar distintos formularios para cada Estado miembro, y para así armonizar la normativa y aligerar la carga administrativa.

Si todos los Estados miembros se suman a la iniciativa, la utilización del formulario normalizado electrónico podría suponer un ahorro a las empresas de más del 70 % del tiempo necesario para completar las declaraciones de desplazamiento, así como de más del 81 % de los costes administrativos totales relacionados con la presentación de declaraciones de desplazamiento.

Además ayudaría a las autoridades nacionales al mejorar la transparencia y facilitar el seguimiento del cumplimiento con la normativa de la UE sobre trabajadores desplazados.

El Consejo adoptó su posición sobre la propuesta de la Comisión en relación con este asunto el 22 de mayo de 2025. Los principales cambios propuestos tienen por objeto:

  • mejorar la interfaz en línea mediante nuevas funcionalidades;
  • aclarar los requisitos para el formulario de declaración única;
  • proporcionar más detalles sobre la manera en que se usarán los datos personales en el formulario.

El texto final se está debatiendo con el Parlamento.

Última revisión: 22 de junio de 2026