Política comercial de la UE
La UE elabora legislación sobre comercio y negocia y celebra acuerdos internacionales sobre asuntos comerciales con terceros países a través de su política comercial.
¿En qué consiste la política comercial de la UE?
La política comercial es competencia exclusiva de la UE, lo que significa que es la UE —y no los Estados miembros— quien legisla en materia de comercio y celebra acuerdos comerciales internacionales.
Por lo que se refiere al comercio mundial, la UE se encuentra en una posición más sólida al actuar conjuntamente con una sola voz en la escena mundial, en lugar de aplicar muchas estrategias comerciales independientes.
La UE gestiona sus relaciones comerciales con terceros países mediante acuerdos comerciales. Estos acuerdos tienen por objeto mejorar las oportunidades comerciales y superar los obstáculos al comercio.
El comercio de bienes y servicios desempeña un papel importante en el aumento del crecimiento sostenible y la creación de empleo. Más de 30 millones de empleos en la UE dependen de las exportaciones desde la UE. Se prevé que el 90 % del crecimiento mundial futuro se genere fuera de las fronteras de Europa. Por tanto, el comercio es un motor de crecimiento y una prioridad fundamental para la UE.
El Consejo pone su empeño en la realización de un sistema comercial multilateral sólido y basado en normas. Una política comercial de la UE responsable va acompañada de un elevado nivel de transparencia y de una comunicación eficaz con la ciudadanía acerca de las ventajas y los retos del comercio en los mercados abiertos.
Comercio justo y equitativo
La Unión Europea quiere garantizar un comercio justo y equitativo con los terceros países.
Por eso, en los últimos años ha estado trabajando en una reforma fundamental de las normas esenciales relacionadas con el comercio. Los principales ámbitos cubiertos por esta reforma son los siguientes:
- la lucha contra la coerción,
- las inversiones extranjeras directas,
- las salvaguardias bilaterales,
- la lucha contra el dumping,
- los instrumentos de defensa comercial.
Las iniciativas legislativas de la UE tienen por objeto proteger a empresas y productores europeos de los daños que pueden causar algunas prácticas comerciales extranjeras.
Medidas contra la coerción
El 23 de octubre de 2023, el Consejo adoptó su nuevo instrumento contra la coerción, que tiene por objeto proteger a la UE y sus Estados miembros frente a la coerción económica por parte de terceros países que utilicen medidas que afecten al comercio o la inversión.
Entre las medidas que podrían aplicarse a terceros países como respuesta a la coerción económica figura la imposición de restricciones comerciales, por ejemplo, en forma de:
- el aumento de los derechos de aduana,
- licencias de importación o exportación,
- restricciones en el ámbito de los servicios, del acceso a la inversión extranjera directa o de la contratación pública.
El instrumento contra la coerción está diseñado para frenar la escalada de medidas coercitivas y provocar su suspensión recurriendo al diálogo. Las medidas de respuesta adoptadas por la UE solo se aplican como último recurso.
Control de las inversiones extranjeras directas
El 5 de marzo de 2019, el Consejo adoptó un Reglamento por el que se establece un marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión, que entró en vigor en octubre de 2020.
Debido al alto grado de integración dentro de la UE, la inversión extranjera directa en un Estado miembro podría plantear riesgos para la seguridad o el orden público en otro Estado miembro o en toda la UE.
La nueva normativa sobre inversiones extranjeras directas permite que la UE detecte nuevos retos y reaccione en consecuencia. A tal fin, el nuevo marco:
- crea un mecanismo de cooperación en el que los Estados miembros y la Comisión Europea pueden intercambiar información y plantear inquietudes relacionadas con inversiones concretas;
- permite que la Comisión Europea emita dictámenes cuando una inversión amenace la seguridad o el orden público de más de un Estado miembro;
- fomenta la cooperación internacional sobre el control de las inversiones, en particular mediante el intercambio de experiencia, mejores prácticas e información sobre cuestiones de interés común;
- establece determinados requisitos para los Estados miembros que deseen mantener o adoptar un mecanismo de control a escala nacional.
En enero de 2024, la Comisión propuso una revisión del Reglamento sobre el control de las inversiones extranjeras directas para subsanar las deficiencias existentes y mejorar la eficiencia del instrumento.
La propuesta de revisión se basa en la experiencia adquirida por la Comisión y los Estados miembros de la UE tras haber analizado más de 1 200 operaciones de inversión extranjera directa durante los tres últimos años en el marco del Reglamento vigente sobre el control de dichas inversiones.
Salvaguardias bilaterales horizontales
El 28 de enero de 2019, el Consejo adoptó un Reglamento que permite aplicar medidas de salvaguardia para los acuerdos comerciales.
El Reglamento se aplica a los acuerdos de libre comercio de la UE con Japón, con Singapur y con Vietnam. Podrán añadirse a su ámbito de aplicación nuevos acuerdos comerciales.
Las medidas bilaterales de salvaguardia están vinculadas a acuerdos comerciales y permiten la retirada temporal de las preferencias arancelarias.
Antes de esta iniciativa, el mecanismo se proponía por separado en cada acuerdo comercial.
Con la iniciativa, las medidas se benefician de un «marco horizontal» coherente que se incluye en los nuevos acuerdos comerciales.
Lucha contra el dumping
El 4 de diciembre de 2017, el Consejo adoptó nuevas normas de la UE a fin de ayudar a proteger a la Unión Europea contra las prácticas comerciales desleales. Dichas normas entraron en vigor el 20 de diciembre de 2017.
Las disposiciones antidumping de la UE actualizadas se aplican a los casos en los que los precios de los productos importados se reducen artificialmente debido a una intervención estatal.
El marco jurídico suprime la anterior distinción entre países con economía de mercado y países sin economía de mercado a la hora de calcular el dumping.
Además, la Comisión Europea tiene que demostrar la existencia de una «distorsión significativa del mercado» entre el precio de venta de un producto y su coste de producción.
Instrumentos de defensa comercial
El 8 de junio de 2018 entró en vigor el nuevo Reglamento que moderniza los instrumentos de defensa comercial de la UE.
El Reglamento tiene por objeto proteger a los productores de la UE del daño ocasionado por la competencia desleal, garantizando un comercio libre y justo. Incrementa la previsibilidad, transparencia y accesibilidad de los instrumentos de defensa comercial, en particular para las pequeñas y medianas empresas.
El objetivo de la UE es que los instrumentos contra el dumping y contra las subvenciones sean más eficaces y adecuados para proteger a los productores de la UE frente a las prácticas desleales de empresas extranjeras y frente a todo riesgo de represalias.
Al mismo tiempo, los importadores deberían beneficiarse de una mayor previsibilidad en lo relativo a la variación de los tipos arancelarios, lo que facilitaría la planificación de sus actividades. Todo el sistema debería ser más transparente y accesible.