"Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación. Las cookies necesarias son imprescindibles para las características esenciales del sitio web del Consejo. Las cookies opcionales nos ayudan a elaborar estadísticas anónimas y agregadas para atender mejor las necesidades de quienes lo visitan.
Con la autorización de quienes visiten nuestro sitio web, utilizaremos cookies para generar datos agregados y anónimos sobre su navegación y comportamiento en él. Emplearemos esos datos para mejorar su experiencia de navegación en nuestro sitio web.
Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, 20 de enero de 2026
Principales resultados
Programa de trabajo de la Presidencia
La Presidencia chipriota ha presentado su programa de trabajo para el primer semestre del año en el ámbito de los asuntos económicos y financieros.
En esta coyuntura crítica, los principios rectores de la Presidencia chipriota a la hora de orientar el programa del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros serán promover la autonomía financiera de la UE y reforzar su posición económica en el mundo. Queremos dar impulso a Europa para hacerla próspera y más competitiva. Y, que quede claro: trabajaremos para garantizar que el apoyo de la UE a Ucrania —incluido el apoyo financiero— siga siendo inquebrantable.
Makis Keravnos, ministro de Hacienda de Chipre
En particular, la Presidencia ha reiterado su determinación a impulsar los trabajos legislativos sobre la Unión de Ahorros e Inversiones y el programa de reordenación y simplificación tributarias de la UE y a avanzar hacia una unión aduanera modernizada, entre otras iniciativas.
El Consejo ha abierto un procedimiento de déficit excesivo en relación con Finlandia. Asimismo, ha adoptado una Recomendación a Finlandia en la que resume la senda de gasto neto y el calendario que debe seguir el país para poner fin a su déficit excesivo de aquí a 2028.
La Decisión del Consejo de iniciar hoy un procedimiento de déficit excesivo se justifica por haber alcanzado este país un déficit público del 4,4 % en 2024 y un déficit público previsto del 4,3 % en 2025.
En su Recomendación, el Consejo establece el plazo del 30 de abril de 2026 a fin de que Finlandia adopte medidas efectivas y presente las demás medidas necesarias para reducir su déficit. Además, Finlandia debe velar por que su tasa de crecimiento acumulado nominal del gasto neto no supere el 2,5 % en 2026, el 4,1 % en 2027 y el 5,9 % en 2028.
El mecanismo del procedimiento de déficit excesivo tiene por objeto garantizar que los Estados miembros de la UE mantengan la disciplina en sus presupuestos públicos o la recuperen. Los procedimientos se inician cuando un Estado miembro registra un déficit público superior al valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado.
Los ministros han adoptado unas Conclusiones del Consejo relativas al Informe sobre el mecanismo de alerta 2026, que la Comisión publicó el 25 de noviembre de 2025.
El Informe sobre el mecanismo de alerta 2026 inicia el procedimiento anual de desequilibrio macroeconómico del Semestre Europeo.
Este procedimiento tiene por objeto detectar, evitar y abordar la emergencia de desequilibrios macroeconómicos potencialmente nocivos que podrían poner en peligro la estabilidad económica de un Estado miembro específico, la zona del euro o la UE en su conjunto.
En sus Conclusiones, el Consejo coincide en líneas generales con la evaluación del Informe sobre la evolución de los desequilibrios macroeconómicos y de los riesgos emergentes. Asimismo, las Conclusiones piden que se continúe trabajando en aplicar de forma eficaz y eficiente el procedimiento de desequilibrio macroeconómico y que los Estados miembros sigan corrigiendo las vulnerabilidades en este ámbito.
En el informe de este año no se ha detectado que ningún país más requiera un examen exhaustivo. En consecuencia, el Consejo seguirá supervisando la situación en los siete países en los que se detectaron desequilibrios en 2025. Los exámenes exhaustivos se publicarán en la primavera de 2026, antes del paquete de primavera del Semestre Europeo.
Únicamente disponible, en estos momentos, en la(s) siguiente(s) lengua(s):
El Consejo ha adoptado Decisiones de Ejecución por las que se aprueban modificaciones específicas presentadas por Alemania, España, Finlandia, Irlanda, Países Bajos y Suecia con respecto a sus respectivos planes de recuperación y resiliencia.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el programa de la UE de apoyo financiero a gran escala en respuesta a los retos que la pandemia de COVID-19 ha planteado a la economía europea. Es el eje central de NextGenerationEU, un instrumento de recuperación temporal que permite a la Comisión recaudar fondos para ayudar a reparar los perjuicios económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia.
Para beneficiarse del Mecanismo, los Estados miembros deben presentar a la Comisión planes de recuperación y resiliencia en los que establecen las reformas e inversiones que tienen previsto ejecutar antes del término de agosto de 2026.
Hasta la fecha, se han desembolsado en torno a 393 000 millones de euros con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
El Consejo ha decidido hoy formalmente, como punto sin debate, proporcionar otros 500 millones de euros de ayuda macrofinanciera a Jordania.
La ayuda de la UE contribuirá a reforzar la estabilidad económica de Jordania y a apuntalar su programa de reformas en curso ante los crecientes retos internos y externos. Su objetivo es respaldar el restablecimiento en el país de una situación de financiación exterior sostenible, apoyando así su desarrollo económico y social.
Esta asistencia, que se presta en respuesta a la solicitud de ayuda adicional de Jordania de enero de 2025, tendrá una vigencia de dos años y medio y se proporciona en forma de préstamos a largo plazo, desembolsados en tres tramos.
El desembolso de los tramos estará estrictamente vinculado a los avances de Jordania en las reformas que se resumen en un memorando de entendimiento que deberán acordar Jordania y la Comisión.
Visite esta página para obtener información general sobre la acreditación.
La acreditación de los medios de comunicación para las cumbres internacionales celebradas fuera de la Unión Europea será gestionada por las autoridades gubernamentales del país anfitrión.