Viajes combinados
La UE establece una serie de normas y derechos para garantizar que los viajeros que compran viajes combinados estén protegidos antes de su viaje y durante este.
¿Qué es un viaje combinado?
Los viajes combinados son una opción muy popular entre los turistas. Combinan varios servicios de viaje o turismo diferentes, como vuelos, traslados, comidas, alojamiento, visitas guiadas, alquiler de vehículos, etc.
Los viajes combinados pueden consistir en:
- un viaje organizado por un operador turístico, agencia de viajes o transportista que incluye varios servicios de viaje en un único contrato;
- un paquete personalizado de servicios de viaje adquirido mediante contratos separados con prestadores de servicios individuales pero a través de un único punto de venta en línea o fuera de línea.
Servicios de viaje vinculados
Los servicios de viaje vinculados consisten en varios servicios de viaje contratados con diferentes empresarios mediante contratos distintos en los que los servicios están vinculados, pero no constituyen un viaje combinado.
Es el caso de un viajero que reserva varios servicios de viaje en un punto de venta a través de distintos procesos de reserva o de un viajero que adquiere un vuelo en un sitio web y, posteriormente, recibe una invitación para alquilar un vehículo en un sitio web diferente.
Normas de la UE sobre viajes combinados
Las normas de la UE garantizan que los viajeros que reserven un viaje combinado:
- reciban información clara, mediante un formulario europeo de información normalizada sobre los servicios incluidos en el viaje combinado, su precio total, cualquier visado exigido y sus derechos;
- puedan cancelar su reserva por cualquier motivo mediante el pago de una tasa razonable o, en caso de que la cancelación se deba a circunstancias inevitables y extraordinarias o de que el precio del viaje combinado haya aumentado en más de un 8 %, sin coste alguno;
- reciban la asistencia del organizador, por ejemplo en caso de problemas de salud o del robo o la pérdida de documentos de viaje;
- tengan derecho a una indemnización y a la posible repatriación en caso de quiebra del organizador.
Información clara
Asistencia
Derechos de cancelación
Indemnización en caso de quiebra
Por lo que respecta a los servicios de viaje vinculados, las normas de la UE garantizan que los viajeros:
- reciban información clara sobre sus derechos;
- estén protegidos en caso de quiebra del empresario.
Revisión de las normas sobre viajes combinados
El 30 de marzo de 2026, el Consejo adoptó una Directiva que tiene por objeto reforzar los derechos de los viajeros cuando adquieren diversos servicios —como vuelos, traslados, alojamiento o excursiones— como parte de un único viaje combinado.
Mejora de la información a los viajeros
Las nuevas normas mejoran la información que los viajeros deben recibir antes, durante y después del viaje, por ejemplo:
- los métodos de pago posibles,
- los requisitos de pasaporte y visado,
- la accesibilidad para personas de movilidad reducida,
- la penalización en caso de cancelación.
Los organizadores tendrán que establecer mecanismos para la tramitación de reclamaciones.
Refuerzo del derecho de cancelación
En circunstancias extraordinarias e inevitables (es decir, en caso de fuerza mayor), los viajeros tendrán derecho a cancelar viajes combinados sin penalización. Ahora se ha aclarado cómo esas circunstancias inevitables y extraordinarias deben afectar a la realización del viaje combinado para que puedan considerarse un caso de fuerza mayor, y además se ha explicado qué pertinencia, qué pruebas y qué valor jurídico deben tener las denominadas «advertencias de viaje».
Además, cuando los viajeros cancelen un viaje combinado, los organizadores tendrán que reembolsarles en un plazo de 14 días. Los organizadores pueden ofrecer vales en su lugar, pero los viajeros siempre tendrán derecho a solicitar el reembolso. Los vales deben:
- tener un valor al menos igual al del reembolso,
- tener una validez máxima de 12 meses,
- ser transferibles una sola vez,
- estar cubiertos por una protección contra la insolvencia.
Los viajeros deben poder usarlos para adquirir uno o más servicios de viaje ofrecidos por el empresario.
Si la cancelación se debe a la insolvencia del organizador de viajes, los viajeros deben ser reembolsados en un plazo de seis meses, con una posible prórroga de nueve meses en situaciones debidamente justificadas.
Aclaración de la definición de «viaje combinado»
Las normas actualizadas excluyen los servicios de viaje vinculados y ofrecen una definición de «viaje combinado» más clara, además de introducir requisitos de información en determinadas situaciones que no dan lugar a la creación de un viaje combinado.
Véase también
Travel rights
Sector turístico
Protección consular
Última revisión: 30 de marzo de 2026