Acceso a los productos y servicios para personas discapacitadas y de edad avanzada
Las normas comunes de accesibilidad garantizan que los productos y servicios de la UE sean más fáciles de usar, en particular para las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad.
Por qué la UE establece normas en materia de requisitos de accesibilidad
La UE se propone que, respetando el principio de igualdad de trato, las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad tengan mejor acceso a distintos productos y servicios.
Al mejorar el funcionamiento del mercado interior para determinados productos y servicios accesibles se atiende tanto a las necesidades de esos consumidores como a las de la industria. Un entorno en el que los productos y los servicios son más accesibles permite una mayor integración y participación de los ciudadanos en la sociedad.
Los actuales requisitos de accesibilidad nacionales relativos a determinados productos y servicios difieren entre los Estados miembros, lo que lleva a la fragmentación del mercado único.
La demanda de productos y servicios accesibles es ya alta y el número de ciudadanos con discapacidad o limitaciones funcionales va a crecer de manera importante con el envejecimiento de la población de la Unión Europea.
Con el fin de establecer normas comunes en materia de accesibilidad, la UE ha adoptado dos Directivas:
- la Directiva Europea de Accesibilidad (2019), que define los requisitos mínimos de accesibilidad para productos y servicios esenciales;
- la Directiva sobre Accesibilidad de los Sitios Web en el sector público (2016), que define las normas para que los productos y servicios digitales sean más accesibles a todos los usuarios.
La discapacidad en la UE: datos y cifras (Infografía)
Accesibilidad de los productos y servicios
La Directiva Europea de Accesibilidad incluye requisitos de accesibilidad para productos y servicios esenciales, como:
- teléfonos, ordenadores, terminales de pago o terminales de autoservicio para comprar títulos de transporte;
- servicios bancarios para consumidores;
- servicios de comunicación electrónica, por ejemplo, servicios de teléfono e internet;
- llamadas al número de emergencias 112;
- acceso a los servicios de comunicación audiovisual;
- libros electrónicos;
- comercio electrónico.
La Directiva Europea de Accesibilidad (Directiva 2019/882) se adoptó en 2019. Las nuevas normas benefician no solo a decenas de millones de europeos con discapacidad, sino también a muchas personas de edad avanzada en la Unión.
Productos
Los productos deben respetar lo siguiente:
- requisitos comunes de accesibilidad en relación con la interfaz de usuario y el diseño de funcionalidad de los productos;
- requisitos de accesibilidad más específicos para determinados equipos electrónicos de consumo;
- también debe ser accesible la información del embalaje, la información sobre la instalación y otro tipo de información sobre los productos de consumo.
Servicios
La Directiva incluye asimismo algunos requisitos específicos sobre servicios:
- requisitos comunes, en particular en las páginas web;
- los servicios de asistencia también deben ser accesibles.
Entre los requisitos de accesibilidad específicos de los terminales de autoservicio cabe citar:
- las máquinas expendedoras de billetes o los cajeros electrónicos deberán ofrecer la posibilidad de utilizarse con auriculares para que personas con discapacidad visual puedan seguir instrucciones de audio;
- si un terminal de autoservicio dispone de modos de funcionamiento visuales, deberá disponer de, al menos, un modo de funcionamiento para el que no sea necesario percibir el color.
Garantizar el buen funcionamiento de las normas
Al tratarse de una Directiva, este acto jurídico establece objetivos vinculantes en materia de accesibilidad, pero deja que los Estados miembros decidan cómo quieren alcanzarlos.
Los países de la UE tienen hasta junio de 2025 para incorporar las directrices de la Directiva en su legislación nacional.
La UE también ha dejado margen para algunas excepciones. Por ejemplo, las microempresas (las empresas con menos de diez empleados y un volumen de negocios anual inferior a los dos millones de euros) que presten servicios quedan excluidas de la Directiva, y las que proporcionen productos quedan exentas de determinadas obligaciones.
Productos y servicios más accesibles para los ciudadanos de la UE (Infografía)
Accesibilidad de los sitios web y de las aplicaciones
En la Directiva sobre Accesibilidad de los Sitios Web en el sector público (2016/2102) se establecieron normas para que los productos y servicios digitales sean más accesibles a todos los usuarios. También se establecieron un mecanismo de seguimiento y un control de conformidad.
Estos nuevos elementos se aplican a los sitios web y a las aplicaciones para móviles de las administraciones, los hospitales públicos, los tribunales y otros organismos públicos.
En la práctica, esto significa que los usuarios pueden solicitar información específica si el contenido no está accesible e informar sobre los problemas de conformidad simplemente pulsando en un enlace de «Observaciones».
La Directiva entró en vigor en diciembre de 2016.
En el Consejo
Después de que la Comisión presentara su propuesta en diciembre de 2015, el Grupo «Cuestiones Sociales» del Consejo estudió el texto detalladamente.
La Presidencia eslovaca hizo avanzar los debates sobre la propuesta y adoptó un enfoque por fases para la modificación del texto, centrándose en particular en:
- precisar el ámbito de aplicación,
- dar mayor claridad jurídica al texto,
- evitar posibles solapamientos o conflictos con legislación de la UE vigente.
Durante los debates, tanto a nivel técnico como político, la Presidencia maltesa redactó propuestas de texto para abordar algunas inquietudes de las delegaciones, como la necesidad de:
- concentrarse en productos y servicios determinados,
- no establecer nuevos requisitos de accesibilidad cuando la legislación europea anterior ya establezca dichos requisitos,
- acordar mantener la estructura propuesta por la Comisión,
- aportar más claridad sobre qué aspectos han de incluirse en la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual y cuáles en la Directiva de Accesibilidad,
- evitar el marcado de accesibilidad específico para no crear cargas administrativas y financieras.
La Presidencia realizó avances sustanciales para llegar a una posición del Consejo sobre la Directiva.
Después de intensos debates y de una nueva redacción, el Consejo acordó su posición (orientación general) sobre la Directiva de Accesibilidad bajo la Presidencia estonia. Durante los debates, las delegaciones formularon comentarios sobre el amplio alcance de la propuesta, las numerosas conexiones con otros actos legislativos de la UE y las deficiencias de la evaluación de impacto.
Las cuestiones políticas más importantes se resolvieron en el último diálogo tripartito, en particular su ámbito de aplicación en áreas determinadas, como:
- el transporte y el turismo,
- el alojamiento,
- los servicios de restauración,
- el entorno construido,
- actos jurídicos de la UE conexos,
- las microempresas.
Las negociaciones entre el Consejo y el Parlamento Europeo empezaron en marzo de 2018 y finalizaron con un acuerdo provisional en noviembre de 2018.
El Comité de Representantes Permanentes del Consejo (Coreper) aprobó el acuerdo provisional el 19 de diciembre de 2018.
El Consejo adoptó la Directiva de Accesibilidad el 9 de abril de 2019, después de que el Parlamento adoptara su posición en primera lectura el 13 de marzo de 2019.
La Directiva entró en vigor en junio de 2019.
- Mejor acceso a productos y servicios para personas discapacitadas y de edad avanzada: el Consejo adopta el Acta de Accesibilidad (comunicado de prensa, 9.4.2019)
- Productos y servicios más accesibles para los ciudadanos de la UE: el Consejo aprueba el acuerdo provisional con el Parlamento Europeo (comunicado de prensa, 19.12.2018)
Política de accesibilidad del sitio web del Consejo
Este sitio web es también un sitio web público, y la Secretaría General del Consejo trabaja para garantizar que sea fácil de usar, de conformidad con la Directiva de la UE sobre la Accesibilidad de los Sitios Web (2016).
La accesibilidad de los sitios web consiste en que los textos, las imágenes, los formularios y la navegación resulten accesibles y comprensibles para el público general.
A fin de adaptarse a la evolución de los criterios de accesibilidad de la web, la SGC tiene en cuenta aspectos como:
- etiquetas «Alt»: descripciones de imágenes que pueden emplear los usuarios que se sirven de lectores de pantalla para entender qué representan las imágenes;
- contraste entre texto y fondo: puede ajustarse para que el texto resulte legible;
- facilidad de navegación: los usuarios con problemas para utilizar el ratón pueden navegar solo con el teclado.
Estamos trabajando activamente para que nuestro sitio web sea más accesible y más fácil de usar. Para más información:
Última revisión: 26 de junio de 2025