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Normas de la UE sobre el trabajo en plataformas digitales

El trabajo en plataformas digitales es un nuevo medio para ajustar la oferta y la demanda de mano de obra remunerada. La UE quiere establecer nuevas normas para mejorar las condiciones laborales de las personas que trabajan en la economía por encargo.

¿Qué es el trabajo en plataformas digitales?

El trabajo en plataformas digitales es una forma de empleo en el que las organizaciones o las personas se sirven de una plataforma en línea para acceder a otras organizaciones o personas con el fin de solucionar problemas concretos o de ofrecer servicios específicos a cambio de una retribución.

La economía de plataformas digitales está creciendo rápidamente. Durante la pandemia de COVID-19, el trabajo en plataformas digitales se intensificó y empezó a generalizarse, en parte gracias al aumento de los servicios de entrega de alimentos. Se está convirtiendo en un motor para la innovación y el crecimiento del empleo.

El trabajo en plataformas adopta muchas formas, a veces también se denomina «economía por encargo». Si bien el crecimiento de las plataformas digitales ha beneficiado tanto a las empresas como a los consumidores, ha llevado al desarrollo de una zona gris para muchos trabajadores en lo que respecta a su situación laboral.

La UE es el primer legislador del mundo que intenta proponer normas específicas para las plataformas digitales de trabajo.

La Directiva introduce dos mejoras fundamentales:

  • ayuda a determinar la situación laboral correcta de las personas que trabajan para las plataformas digitales,
  • establece las primeras normas de la UE sobre el uso de los sistemas de algoritmos en el puesto de trabajo.

Trabajadores de plataformas digitales

Más de 28 millones de personas en la UE trabajan a través de una o varias de estas plataformas digitales y se prevé que en 2025 esa cifra alcance los 43 millones.

Las personas que trabajan a través de las plataformas digitales llevan a cabo tareas muy variadas, realizadas tanto in situ como en otro lugar (a distancia). Por ejemplo, estas tareas pueden ser de reparto, traducción, introducción de datos, cuidado de niños, cuidado de personas mayores o conducción de taxis.

El trabajo en plataformas suele ser su segunda fuente de ingresos, al margen de su trabajo habitual.

Trabajadores de plataformas: ¿trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia?

En la actualidad, la mayoría de los trabajadores de plataformas de la UE, incluidos taxistas, trabajadores domésticos y conductores de reparto de alimentos, son formalmente trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, algunos de ellos tienen que respetar muchas de las normas y restricciones que tienen los trabajadores por cuenta ajena.

Esto indica que, de hecho, se encuentran en una relación laboral y, por tanto, deberían disfrutar de los derechos laborales y de la protección social de los trabajadores por cuenta ajena en virtud del Derecho nacional y de la UE.

Mejorar su acceso a los derechos laborales y a la protección social significaría también mejorar la calidad general del trabajo ofrecido y las condiciones de empleo para los trabajadores que participan en el trabajo en plataformas digitales.

Esto significaría, por ejemplo, que podrían acceder a prestaciones por enfermedad, prestaciones por desempleo o regímenes de ayuda a la renta.

Aunque el Derecho laboral se aplica a los trabajadores de plataformas digitales que son trabajadores por cuenta ajena, buena parte de los trabajadores de plataformas son autónomos, al menos formalmente. Los órganos jurisdiccionales de toda la UE toman decisiones sobre la situación laboral de los trabajadores de plataformas digitales caso por caso.

Los Estados miembros tienen enfoques diferentes respecto del trabajo en plataformas digitales. Las respuestas nacionales al trabajo en plataformas son diversas y se están desarrollando de forma desigual en toda Europa. Se ha adoptado normativa nacional principalmente en sectores específicos, como en los sectores de los servicios de viajes en vehículos con conductor o de los servicios de entrega de alimentos.

Ilustración: datos sobre los trabajadores de plataformas digitales.
Panorámica de las plataformas digitales en la UE (Infografía)

Panorámica de las plataformas digitales en la UE (Infografía)

Nuevas normas de la UE sobre el trabajo en plataformas digitales

Situación laboral

Las nuevas normas abordarán los casos de clasificación errónea de los trabajadores de plataformas y facilitarán la manera de reclasificarlos como empleados, garantizando un acceso más sencillo a sus derechos como empleados en virtud del Derecho de la UE.

El acuerdo alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo el 8 de febrero de 2024 introduce una presunción legal efectiva y refutable. De conformidad con dicho acuerdo, se presumirá jurídicamente que la relación entre una plataforma digital y una persona que realiza trabajo en plataformas es una relación laboral cuando se constaten indicios de control y dirección de conformidad con el Derecho nacional, los convenios colectivos o las prácticas vigentes en los Estados miembros.

Si la plataforma digital quiere refutar esta presunción, debe demostrar que la relación contractual en cuestión no es una relación laboral.

Corresponde a los Estados miembros establecer las modalidades de dicha presunción legal en su Derecho nacional. Desde una perspectiva procedimental, la presunción debería facilitar a los trabajadores de plataformas la determinación legal de su situación laboral.

Uso de algoritmos en el puesto de trabajo

Las plataformas digitales utilizan algoritmos para la gestión de los recursos humanos. Estos sistemas se emplean para organizar y gestionar a las personas que realizan trabajo en plataformas a través de sus aplicaciones o sitios web.

Con arreglo a las nuevas normas, los trabajadores tendrán que ser informados sobre el uso de sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones.

Además, las plataformas digitales de trabajo no podrán tratar determinados tipos de datos personales, como:

  • datos personales sobre el estado emocional o psicológico de los trabajadores de plataformas;
  • datos relacionados con conversaciones privadas;
  • datos para predecir la actividad sindical real o potencial;
  • datos utilizados para inferir el origen racial o étnico, la situación migratoria, las opiniones políticas, las creencias religiosas o el estado de salud de los trabajadores;
  • datos biométricos, distintos de los utilizados para la autenticación.

En cualquier caso, con arreglo a las nuevas normas, estos sistemas tendrán que ser supervisados por personal cualificado, que gozará de una protección especial frente a un trato desfavorable. También se garantiza la supervisión humana de decisiones importantes como la suspensión de cuentas.

Aplicación, transparencia y trazabilidad

Las autoridades nacionales suelen tener dificultades para acceder a los datos de las plataformas y a las personas que trabajan a través de ellas. Esta situación se complica aún más cuando las plataformas operan en varios Estados miembros, ya que no queda claro dónde se realiza el trabajo de las plataformas y quién lo lleva a cabo.

Esta Directiva aclarará las obligaciones existentes para que las plataformas digitales de trabajo declaren el trabajo a las autoridades nacionales. También pedirá a las plataformas que pongan a disposición de las autoridades nacionales información clave sobre sus actividades y sobre las personas que trabajan con ellas.

La economía de plataformas

En la UE operan unas 500 plataformas digitales de trabajo. Hay plataformas digitales activas en todos los países de la UE.

El crecimiento de la economía de plataformas queda demostrado por el hecho de que, entre 2016 y 2020, los ingresos de la economía de plataformas casi se quintuplicaron, pasando de unos 3 000 millones de euros a cerca de 14 000 millones de euros.

Se calcula que los mayores ingresos corresponden a los sectores de los servicios de reparto y taxi.

Ilustración: resumen de la economía de plataformas de la UE.
La economía de plataformas de la UE (Infografía)

La economía de plataformas de la UE (Infografía)

En el Consejo

Los trabajadores de plataformas digitales ya se mencionan en algunos actos legislativos de la UE, como la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles.

También se hace referencia a los trabajadores de plataformas digitales en la Recomendación del Consejo relativa al acceso a la protección social para los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia. El Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores alcanzó un acuerdo político sobre dicha Recomendación el 6 de diciembre de 2018.

El Consejo debatió sobre las nuevas formas de trabajo en 2019 y adoptó unas Conclusiones sobre este tema en las que pidió a la Comisión que explorara la posible legislación para garantizar la protección de los trabajadores.

La Comisión Europea presentó su propuesta sobre las nuevas normas para el trabajo en plataformas digitales a ambos colegisladores (el Consejo y el Parlamento Europeo) el 9 de diciembre de 2021.

En el Consejo, este expediente lo estudió el Grupo «Cuestiones Sociales». El Grupo se ocupa de todo el trabajo legislativo y no legislativo relativo al empleo y la política social.

El Consejo adoptó su posición el 12 de junio de 2023. Las nuevas normas debían negociarse con el Parlamento Europeo antes de que pudieran convertirse en acto legislativo de la UE.

El 8 de febrero de 2024, el Consejo y el Parlamento alcanzaron un acuerdo provisional sobre el trabajo en plataformas, que fue aprobado por los ministros de Empleo y Asuntos Sociales en la sesión del Consejo del 11 de marzo de 2024.

El 14 de octubre de 2024, el Consejo adoptó nuevas normas sobre el trabajo en plataformas. Tras la adopción, los Estados miembros dispondrán de dos años para incorporar las disposiciones de la Directiva a su legislación nacional.

Última revisión: 4 de febrero de 2025