No discriminación
La UE trabaja para promover la igualdad y prevenir la discriminación en la sociedad a través de sus políticas e iniciativas.
La legislación de la UE protege contra la discriminación
La legislación de la UE prohíbe la discriminación por varios motivos, entre ellos:
- el sexo,
- el origen racial o étnico,
- la religión o las convicciones,
- la discapacidad,
- la edad,
- la orientación sexual.
Estos motivos de discriminación protegidos se enumeran en el artículo 19 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Otros motivos de discriminación están consagrados en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que se refiere a la no discriminación.
Discriminación racial
Las normas de la UE prohíben discriminar a las personas por motivos raciales o étnicos.
La Directiva del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico garantiza la protección de las personas contra este tipo de discriminación en ámbitos como el empleo, la educación y el acceso a bienes y servicios.
La Comisión Europea también ha elaborado el Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025, que reconoce que la discriminación racial sigue siendo un problema persistente en la sociedad.
El Plan esboza medidas para luchar contra el racismo y promover una mayor inclusión.
Discriminación contra la población gitana
La UE destaca la importancia de la igualdad de trato de la población gitana y de su participación equitativa en la sociedad. Los Estados miembros están resueltos a luchar eficazmente contra la discriminación de los miembros de esta minoría y a promover su inclusión en la sociedad.
En 2021, el Consejo de la UE adoptó una Recomendación sobre la igualdad, la inclusión y la participación de la población gitana.
La Recomendación tiene por objeto mejorar la inclusión social de la comunidad gitana, abordando los obstáculos a los que se enfrenta en ámbitos clave como la educación, el empleo, la vivienda y la asistencia sanitaria.
Discriminación en el lugar de trabajo
En noviembre de 2000, el Consejo estableció un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
La Directiva por la que se establece ese marco prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo por cualquiera de los motivos protegidos (religión o convicciones, orientación sexual, discapacidad o edad) en todos los aspectos del empleo, entre ellos la contratación, la promoción, las condiciones de trabajo y la remuneración.
Estos cinco motivos de discriminación, junto con la discriminación por razón de género, se incluyen explícitamente en el Tratado de Lisboa, que faculta a la UE a adoptar medidas para prevenir dicha discriminación.
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Igualdad de trato entre hombres y mujeres
La UE también ha puesto en marcha medidas para garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo y en el acceso a bienes y servicios.
En el lugar de trabajo
En 2006, la UE adoptó legislación para que hombres y mujeres tuvieran derecho a la igualdad de trato en el lugar de trabajo, y en particular a:
- la igualdad de retribución para un mismo trabajo;
- la protección contra el acoso sexual;
- el derecho a los permisos de maternidad y paternidad;
- el acceso a la formación y la promoción sin sesgos de género.
Para alcanzar este objetivo, la UE ha adoptado, además, legislación destinada a reducir la brecha salarial de género y a fomentar el acceso de las mujeres a puestos directivos.
Igualdad de género
En el acceso a bienes y servicios
La discriminación por razón de sexo también está prohibida a la hora de acceder a bienes y servicios, incluidos los precios de los bienes y servicios, garantizando así que hombres y mujeres reciban el mismo trato en ámbitos como:
- la atención sanitaria,
- la vivienda,
- los servicios bancarios.
Con arreglo a la legislación, los Estados miembros deben exigir a las empresas que pongan fin a las prácticas que conducen a un trato desigual, en particular la fijación de precios basada en el género, con el fin de proteger tanto a los consumidores como a los prestadores de servicios.
Discriminación contra las personas con discapacidad
La UE y sus Estados miembros están trabajando para garantizar que todas las personas con discapacidad:
- gocen de sus derechos, incluida la libre circulación;
- puedan participar plenamente en la sociedad y la economía;
- no sufran discriminación.
Principales logros
Aunque siguen existiendo obstáculos, la UE ha avanzado en la mejora de la accesibilidad y la inclusión de las personas con discapacidad a través de diversas medidas e iniciativas legislativas.
La UE ha establecido requisitos de accesibilidad para determinados productos y servicios, que garantizan que las personas con discapacidad tengan un mejor acceso a los bienes, los servicios y los espacios públicos.
Los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de organismos del sector público deben ser accesibles para las personas con discapacidad, mejorando así la inclusión digital y la igualdad de acceso a los servicios públicos en línea.
La Tarjeta Europea de Discapacidad sirve como prueba de la condición de discapacidad en cualquier lugar de la UE y permite a las personas con discapacidad acceder a las mismas condiciones especiales que los residentes del país que visitan.
Organismos de promoción de la igualdad
La UE ha creado organismos de promoción de la igualdad para fomentar la igualdad de trato y la no discriminación en los Estados miembros.
Se trata de agencias independientes encargadas de proteger los derechos de las personas y de garantizar el cumplimiento de la normativa contra la discriminación.
Entre sus funciones clave se encuentran:
- ofrecer apoyo y asesoramiento independientes a las víctimas de discriminación;
- realizar encuestas e investigaciones para evaluar la prevalencia de la discriminación;
- publicar informes y formular recomendaciones de actuación sobre cómo mejorar la igualdad;
- sensibilizar al público sobre los derechos relacionados con la igualdad y la no discriminación.
En 2024, el Consejo adoptó dos Directivas que refuerzan el papel de los organismos de promoción de la igualdad mediante el establecimiento de normas mínimas en ámbitos como la competencia, los recursos y la independencia frente a influencias externas.
Véase también
Igualdad
Los derechos fundamentales en la UE
Derechos laborales
Última revisión: 30 de julio de 2025